Evaluación

Orden 130/2023: normativa de evaluación en la Comunidad de Madrid

Regula la evaluación del alumnado: carácter y momentos de la evaluación, criterios de promoción, documentos oficiales, información a las familias y medidas que se derivan de los resultados.

Título oficial

Orden 130/2023, de 23 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan aspectos de organización y funcionamiento, evaluación y autonomía pedagógica en la etapa de Educación Primaria en la Comunidad de Madrid

Ámbito
Evaluación
Territorio
Comunidad de Madrid
Boletín oficial
BOCM
En el catálogo de Opositor AI
Vigente, revisado el 29 de septiembre de 2026
Leer el texto oficial

Cómo se cita la Orden 130/2023 en la oposición

Es la norma que sostiene la parte de evaluación del supuesto, que es donde más se cae. Cítala al decidir qué evalúas, con qué instrumentos, cómo informas a la familia y qué pasa si el alumno no promociona; sin ella la evaluación queda como una opinión pedagógica.

El error que más resta no es dejarse una norma: es citarla en bloque al principio del tema y no volver a usarla. Cada vez que tomas una decisión (una medida, un criterio de evaluación, un agrupamiento), di de qué artículo sale. Eso es lo que separa un tema correcto de uno notable.

Lo que conviene saber de la normativa en la Comunidad de Madrid

  • Madrid llama "atención a las diferencias individuales" (Decreto 23/2023) a lo que otras comunidades llaman inclusión o diversidad. Usar su nombre exacto cuenta.
  • La Orden 130/2023 (Primaria) y la Orden 460/2023 (Infantil) reúnen organización, evaluación y autonomía pedagógica de cada etapa: son las normas de referencia para casi cualquier supuesto madrileño.
  • Madrid no tiene reglamento orgánico propio de escuelas y colegios: se aplica de forma supletoria el Real Decreto 82/1996 (estatal, publicado en el BOE), que es el que ordena órganos de gobierno y de coordinación docente.
  • Desde el 25 de julio de 2025 rige el Decreto 64/2025: en Infantil y Primaria el alumnado no puede trabajar de forma individual con dispositivos digitales, el uso compartido tiene un tope semanal (en Primaria, una hora en el primer ciclo, hora y media en el segundo y dos como máximo en el tercero) y no se pueden programar tareas evaluables fuera del horario escolar que exijan usarlos. El alumnado con necesidad específica de apoyo educativo queda fuera de esos límites cuando lo recoge su informe psicopedagógico o médico (artículo 4.6). Hay más excepciones: se permite el uso individual o compartido en las materias optativas, áreas o proyectos integrados que completen la oferta formativa del centro y en los programas institucionales de la Consejería, cuando los dispositivos hagan falta para adquirir las competencias específicas (artículo 4.5). Además, los centros que ya tenían implantado un proyecto con uso individual de dispositivos disponen del curso 2026-2027 para adaptarse del todo, sin incorporar nuevos cursos o grupos a ese proyecto y reduciendo las horas y las áreas con uso individual (disposición adicional primera).

Última convocatoria: Resolución de 2 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades (BOCM n.º 36, de 12 de febrero de 2026), con 685 plazas, ampliadas a 1.756 por la Resolución de 28 de mayo de 2026 (BOCM n.º 135, de 9 de junio de 2026).

Preguntas sobre Orden 130/2023

¿Qué es la Orden 130/2023?

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La Orden 130/2023 regula la evaluación del alumnado en la Comunidad de Madrid. Su título completo es: Orden 130/2023, de 23 de enero, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan aspectos de organización y funcionamiento, evaluación y autonomía pedagógica en la etapa de Educación Primaria en la Comunidad de Madrid.

¿Hay que citar la Orden 130/2023 en el tema o en el supuesto?

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Es la norma que sostiene la parte de evaluación del supuesto, que es donde más se cae. Cítala al decidir qué evalúas, con qué instrumentos, cómo informas a la familia y qué pasa si el alumno no promociona; sin ella la evaluación queda como una opinión pedagógica.

¿Sigue vigente la Orden 130/2023 en la Comunidad de Madrid?

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En el catálogo de normativa con el que corrige Opositor AI, revisado contra los boletines oficiales el 29 de septiembre de 2026, esta norma figura como vigente en la Comunidad de Madrid. Aun así, antes de citarla en el examen comprueba la versión consolidada en el BOCM: las modificaciones parciales son frecuentes y el tribunal espera la redacción actual.

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