Convivencia

Decreto 32/2019: normativa de convivencia en la Comunidad de Madrid

Regula los derechos y deberes del alumnado, las normas de convivencia del centro y el procedimiento ante las conductas contrarias a esas normas.

Título oficial

Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid

Modificado por el Decreto 60/2020, de 29 de julio, y por el Decreto 64/2025, de 23 de julio (el alumnado no puede usar el teléfono móvil durante toda la jornada escolar, salvo por razones de necesidad y excepcionalidad).

Ámbito
Convivencia
Territorio
Comunidad de Madrid
Boletín oficial
BOCM
En el catálogo de Opositor AI
Vigente, revisado el 29 de septiembre de 2026
Leer el texto oficial

Cómo se cita el Decreto 32/2019 en la oposición

Aparece en los supuestos de conflicto, acoso o conducta disruptiva. Lo que puntúa no es citarla, sino usarla para diferenciar la medida educativa de la corrección disciplinaria y respetar el procedimiento que la norma marca.

El error que más resta no es dejarse una norma: es citarla en bloque al principio del tema y no volver a usarla. Cada vez que tomas una decisión (una medida, un criterio de evaluación, un agrupamiento), di de qué artículo sale. Eso es lo que separa un tema correcto de uno notable.

Lo que conviene saber de la normativa en la Comunidad de Madrid

  • Madrid llama "atención a las diferencias individuales" (Decreto 23/2023) a lo que otras comunidades llaman inclusión o diversidad. Usar su nombre exacto cuenta.
  • La Orden 130/2023 (Primaria) y la Orden 460/2023 (Infantil) reúnen organización, evaluación y autonomía pedagógica de cada etapa: son las normas de referencia para casi cualquier supuesto madrileño.
  • Madrid no tiene reglamento orgánico propio de escuelas y colegios: se aplica de forma supletoria el Real Decreto 82/1996 (estatal, publicado en el BOE), que es el que ordena órganos de gobierno y de coordinación docente.
  • Desde el 25 de julio de 2025 rige el Decreto 64/2025: en Infantil y Primaria el alumnado no puede trabajar de forma individual con dispositivos digitales, el uso compartido tiene un tope semanal (en Primaria, una hora en el primer ciclo, hora y media en el segundo y dos como máximo en el tercero) y no se pueden programar tareas evaluables fuera del horario escolar que exijan usarlos. El alumnado con necesidad específica de apoyo educativo queda fuera de esos límites cuando lo recoge su informe psicopedagógico o médico (artículo 4.6). Hay más excepciones: se permite el uso individual o compartido en las materias optativas, áreas o proyectos integrados que completen la oferta formativa del centro y en los programas institucionales de la Consejería, cuando los dispositivos hagan falta para adquirir las competencias específicas (artículo 4.5). Además, los centros que ya tenían implantado un proyecto con uso individual de dispositivos disponen del curso 2026-2027 para adaptarse del todo, sin incorporar nuevos cursos o grupos a ese proyecto y reduciendo las horas y las áreas con uso individual (disposición adicional primera).

Última convocatoria: Resolución de 2 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades (BOCM n.º 36, de 12 de febrero de 2026), con 685 plazas, ampliadas a 1.756 por la Resolución de 28 de mayo de 2026 (BOCM n.º 135, de 9 de junio de 2026).

Preguntas sobre Decreto 32/2019

¿Qué es el Decreto 32/2019?

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El Decreto 32/2019 regula la convivencia y los derechos y deberes del alumnado en la Comunidad de Madrid. Su título completo es: Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid. Modificado por el Decreto 60/2020, de 29 de julio, y por el Decreto 64/2025, de 23 de julio (el alumnado no puede usar el teléfono móvil durante toda la jornada escolar, salvo por razones de necesidad y excepcionalidad).

¿Hay que citar el Decreto 32/2019 en el tema o en el supuesto?

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Aparece en los supuestos de conflicto, acoso o conducta disruptiva. Lo que puntúa no es citarla, sino usarla para diferenciar la medida educativa de la corrección disciplinaria y respetar el procedimiento que la norma marca.

¿Sigue vigente el Decreto 32/2019 en la Comunidad de Madrid?

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En el catálogo de normativa con el que corrige Opositor AI, revisado contra los boletines oficiales el 29 de septiembre de 2026, esta norma figura como vigente en la Comunidad de Madrid. Aun así, antes de citarla en el examen comprueba la versión consolidada en el BOCM: las modificaciones parciales son frecuentes y el tribunal espera la redacción actual.

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