Tema 5 de Primaria: la evaluación de los aprendizajes
Cómo preparar el tema 5 de las oposiciones de Primaria: evaluación continua, formativa y global, técnicas e instrumentos, promoción y planes de refuerzo, con la normativa vigente citada.
Lo que ha cambiado desde tu temario · 4 puntos
El temario es de 2007. Si estudias con uno antiguo, revisa esto antes de escribir el tema.
- Los estándares de aprendizaje evaluables ya no existen y el Real Decreto 984/2021 tampoco rige: hoy la evaluación y la promoción en Primaria se regulan en el Real Decreto 157/2022 (Real Decreto 157/2022, arts. 14 a 30; el 126/2014 está derogado y el 984/2021 lo está desde el 7 de abril de 2022).
- La promoción vuelve a decidirse al final de cada ciclo, no de cada curso como con la LOMCE. Por eso la permanencia se plantea en 2.º, 4.º o 6.º, como concretan varias normas autonómicas de evaluación (Real Decreto 157/2022, art. 15.1).
- Ya no hay evaluaciones individualizadas en 3.º y al final de 6.º, que eran de la LOMCE: hoy hay una evaluación de diagnóstico censal en 4.º, de carácter informativo, formativo y orientador, y otra muestral en 6.º (LOE, arts. 21 y 143.2; Real Decreto 157/2022, art. 22).
- «Repetir» es hoy «permanecer un año más en el mismo curso»: una medida excepcional, que solo puede adoptarse una vez en la etapa, después de aplicar medidas ordinarias y siempre con un plan específico de refuerzo (Real Decreto 157/2022, art. 15.3).
Material de consulta elaborado por el equipo de Opositor AI. Normativa comprobada en el BOE en octubre de 2026. No es un tema para memorizar: es la base para que construyas el tuyo con tu propia redacción.
1. Título oficial y orden que lo aprueba
Tema 5. La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado de Educación primaria. Características, estrategias, técnicas e instrumentos de evaluación. Promoción y planes específicos de refuerzo.
- Norma que aprueba el temario: Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, por la que se aprueba el temario que ha de regir en el procedimiento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, para la especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros, regulada por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE n.º 64, de 15 de marzo de 2007).
- Por qué sigue vigente: la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, declara aplicable a Primaria, en su artículo 1.b), el «temario establecido por la Orden ECI/592/2007». Los temarios aprobados en 2011 (Orden EDU/3136/2011) no llegaron a aplicarse.
- ¿Hay temario nuevo? No, en octubre de 2026. El Ministerio presentó a los sindicatos a finales de julio de 2026 un primer documento para reformar el acceso a la función docente, que incluye renovar los temarios, y la negociación sigue abierta. No hay ninguna orden nueva de temarios del Cuerpo de Maestros publicada en el BOE. Revisa el título antes de cada convocatoria.
Un dato útil: el título sale casi literalmente de la LOE de 2006. El artículo 20 de la LOE en su redacción original decía: «La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas» (art. 20.1), y permitía permanecer un curso más en el mismo ciclo «con un plan específico de refuerzo o recuperación de sus competencias básicas» (art. 20.4). De ahí salen las dos mitades del enunciado. Desde entonces la regulación ha cambiado dos veces (LOMCE en 2013 y LOMLOE en 2020). El título se mantiene, pero el contenido tiene que contarse con la norma vigente:
- Características: la LOE vigente (art. 20.1) dice: «La evaluación del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de los procesos de aprendizaje»; el Real Decreto 157/2022 (art. 14.1) añade «formativa».
- Referentes: ya no son los objetivos de las áreas ni las competencias básicas, sino los criterios de evaluación, vinculados a las competencias específicas y, a través de ellas, a las competencias clave del Perfil de salida. Los «estándares de aprendizaje evaluables» de la LOMCE ya no existen.
- Promoción: vuelve a decidirse al final de cada ciclo (Real Decreto 157/2022, art. 15.1), como en 2006; con la LOMCE era por cursos.
- Planes específicos de refuerzo: hoy hay tres figuras distintas: las medidas de refuerzo de la evaluación continua (art. 14.2), los planes de refuerzo o de enriquecimiento curricular (LOE, art. 20.2; Real Decreto 157/2022, art. 14.3) y el plan específico de refuerzo que acompaña a la permanencia (art. 15.3). Explícalas por separado.
La evolución completa está en la tabla del apartado 5.1.
2. Qué pide realmente el enunciado
El título tiene cuatro bloques. El tribunal los buscará por separado:
| Parte del enunciado | Qué tienes que demostrar | Peso orientativo |
|---|---|---|
| «La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado de Educación primaria» | Qué es evaluar, para qué se evalúa, qué se evalúa (los referentes: criterios de evaluación y competencias) y quién, cuándo y cómo decide. Tipos de evaluación. Marco normativo vigente. | 20-25 % |
| «Características» | Las características legales (global, continua y formativa) explicadas una a una y con su consecuencia práctica, más las que se derivan del resto de la norma: criterial, objetiva, colegiada, inclusiva y accesible, informada a las familias. | 15 % |
| «estrategias, técnicas e instrumentos de evaluación» | Distinguir los tres conceptos y ofrecer un repertorio razonado, vinculado a criterios de evaluación concretos y a cursos concretos. Es la parte más práctica y la que más diferencia unos temas de otros. | 30-35 % |
| «Promoción y planes específicos de refuerzo» | Cómo se decide la promoción, el carácter excepcional de la permanencia, qué debe contener un plan específico de refuerzo, las demás medidas de refuerzo, los informes de final de ciclo y de etapa, los documentos oficiales y la información a las familias. | 20-25 % |
Introducción y conclusión: en torno a un 10 % en conjunto. Los pesos son una recomendación didáctica nuestra, no un criterio oficial de ningún tribunal.
Matices del enunciado:
- «Procesos de aprendizaje»: no solo se evalúan productos (el examen, el trabajo final), sino el proceso. Lo dice el propio currículo: en Lengua Castellana y Literatura los criterios se formulan «atendiendo tanto a los productos finales esperados, como a los procesos y actitudes que acompañan su elaboración» (Real Decreto 157/2022, anexo II).
- «Del alumnado»: el tema trata la evaluación del aprendizaje. La evaluación de la enseñanza y de la práctica docente (art. 14.4) y la evaluación de diagnóstico de 4.º (art. 22) merecen una mención, pero no deben ocupar el centro.
- «Estrategias, técnicas e instrumentos»: la normativa estatal no define estos tres términos. El Real Decreto 157/2022 habla de «instrumentos de evaluación» (art. 14.6); otras normas hablan de «procedimientos e instrumentos». Elige una definición, dila al principio del epígrafe y mantenla hasta el final (en el apartado 4.6 te proponemos una).
- «Promoción»: en Primaria no hay titulación. Se promociona de ciclo y de etapa, y la permanencia es una medida excepcional.
- No lo conviertas en el tema 4 (atención a la diversidad) ni en el 3 (tutoría): toca ambos solo en lo que afecta a la evaluación.
3. Índice recomendado
- Introducción
- La evaluación de los procesos de aprendizaje en la Educación Primaria
- 2.1. Concepto y finalidades de la evaluación
- 2.2. Referentes de la evaluación: criterios de evaluación, competencias específicas y Perfil de salida
- 2.3. Tipos de evaluación
- Características de la evaluación
- Estrategias, técnicas e instrumentos de evaluación
- 4.1. Estrategias de evaluación: evaluación formativa, retroalimentación y participación del alumnado
- 4.2. Técnicas de evaluación
- 4.3. Instrumentos de evaluación
- 4.4. De la evidencia a la calificación: sesiones de evaluación y resultados
- 4.5. Evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
- Promoción y planes específicos de refuerzo
- 5.1. La decisión de promoción
- 5.2. La permanencia excepcional y el plan específico de refuerzo
- 5.3. Otras medidas y planes de refuerzo y de enriquecimiento
- 5.4. Informes, documentos oficiales de evaluación e información a las familias
- Conclusión
- Bibliografía y referencias normativas
Variante válida: si quieres dar más peso a la práctica, puedes fundir 4.2 y 4.3 en un solo epígrafe organizado como tabla («técnica → instrumentos → ejemplo por ciclo») y añadir un breve 4.6 sobre la evaluación de la práctica docente. Exige que la tabla tenga ejemplos reales, no una lista de nombres.
4. Desarrollo de cada epígrafe
Cada apartado indica entre paréntesis a qué epígrafe del índice recomendado corresponde.
4.1. Introducción (epígrafe 1 del índice)
Ideas clave
- La evaluación no es el final del proceso, sino una parte de él: sirve para que el alumnado aprenda, para que el maestro ajuste la enseñanza y para tomar decisiones (refuerzo, promoción, información a las familias).
- Conecta con casi todo el currículo: los criterios de evaluación son un elemento del currículo y el referente de toda la evaluación.
Normativa que puedes citar (verificada en el BOE)
- LOE, art. 91.1.b): entre las funciones del profesorado, «La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza».
- LOE, art. 91.1.h): «La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo».
- Real Decreto 157/2022, art. 11.1: el currículo es el conjunto de «objetivos, competencias, contenidos enunciados en forma de saberes básicos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación».
- Decreto autonómico de currículo de tu comunidad y, si la tiene, su norma específica de evaluación (ver apartado 8).
Aplicación al aula para abrir con fuerza
Dos alumnos de 4.º sacan un 6 en el mismo control de fracciones. Uno ha fallado porque no entiende qué representa el denominador; el otro, porque se ha equivocado al restar. La nota es idéntica; lo que cada uno necesita mañana, no. Todo el tema trata de esa diferencia: evaluar para saber qué hacer después, no solo para poner un número.
4.2. Concepto y finalidades de la evaluación (epígrafe 2.1 del índice)
Ideas clave
- Evaluar es recoger información de forma sistemática sobre el aprendizaje, valorarla con referencia a unos criterios y tomar decisiones para mejorarlo. Las tres partes (información, juicio, decisión) deben aparecer en tu definición.
- Evaluar no es calificar. La calificación es la expresión del resultado en un momento dado (en Primaria, de «Insuficiente» a «Sobresaliente»); la evaluación es el proceso completo.
- Finalidades: diagnóstica (conocer el punto de partida), formativa o reguladora (mejorar el aprendizaje mientras ocurre), sumativa o acreditativa (valorar lo alcanzado y tomar decisiones de promoción), y de mejora de la enseñanza.
- Evolución de la idea de evaluación: de medir resultados al final (enfoque por objetivos) a evaluar el proceso para mejorarlo (evaluación formativa) y, más recientemente, a implicar al alumnado en su propia evaluación: evaluación para el aprendizaje (Assessment Reform Group, 2002) y como aprendizaje (Earl, 2003).
Autores y cómo citarlos
| Autor | Aportación concreta | Cómo citarlo en el tema |
|---|---|---|
| Ralph W. Tyler | Evaluación como comprobación de en qué medida se alcanzan los objetivos educativos; punto de partida del modelo por objetivos. | «Tyler (1949) concibió la evaluación como el proceso para determinar en qué medida se han alcanzado los objetivos previstos». |
| Michael Scriven | Introduce la distinción entre evaluación formativa (durante el proceso, para mejorarlo) y sumativa (al final, para valorar el resultado). | «La distinción entre evaluación formativa y sumativa se debe a Scriven (1967)». |
| Bloom, Hastings y Madaus | Llevan la distinción al aula y añaden la evaluación diagnóstica; la evaluación formativa como base del aprendizaje para el dominio. | (Bloom, Hastings y Madaus, 1971) |
| Daniel L. Stufflebeam | La evaluación al servicio de la toma de decisiones y de la mejora (modelo CIPP: contexto, entrada, proceso y producto). | Parafrasea, sin comillas: para Stufflebeam, el propósito principal de la evaluación es mejorar, no demostrar. La frase circula con distintas traducciones. |
| Santos Guerra y Álvarez Méndez | Evaluación como diálogo, comprensión y mejora (Santos Guerra); evaluar para conocer frente a examinar para excluir (Álvarez Méndez). | (Santos Guerra, 1993; Álvarez Méndez, 2001) |
Normativa
- Real Decreto 157/2022, art. 14.1: «La evaluación del alumnado será global, continua y formativa, y tendrá en cuenta el grado de desarrollo de las competencias clave y su progreso en el conjunto de los procesos de aprendizaje».
- Real Decreto 157/2022, art. 14.4: «El profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente».
Aplicación al aula (2.º de Primaria, Lengua Castellana y Literatura)
En una situación de aprendizaje sobre invitaciones, la maestra pide primero a cada alumno una invitación a su cumpleaños (finalidad diagnóstica); durante dos semanas devuelve en cada borrador una sola mejora concreta (formativa); al final, la clase envía una invitación real a las familias para la jornada de puertas abiertas, valorada con los mismos criterios del principio (sumativa). La comparación entre la primera y la última es la evidencia del progreso.
4.3. Referentes de la evaluación: criterios, competencias específicas y Perfil de salida (epígrafe 2.2 del índice)
Ideas clave
- El referente de la evaluación son los criterios de evaluación de cada área, fijados por ciclos en el anexo II del Real Decreto 157/2022 y concretados por tu comunidad y por tu centro.
- Los criterios están vinculados a las competencias específicas del área, y estas a los descriptores operativos del Perfil de salida. Por eso, al evaluar los criterios se puede deducir el grado de adquisición de las competencias clave.
- No hay una relación directa entre cada criterio y cada saber básico: los criterios valoran desempeños en los que se movilizan varios saberes.
- Los criterios se evalúan dentro de situaciones de aprendizaje, que según el anexo III «concretan y evalúan las experiencias de aprendizaje del alumnado».
Normativa (literal, comprobada)
- Real Decreto 157/2022, art. 2.d): los criterios de evaluación son «referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada área en un momento determinado de su proceso de aprendizaje».
- Real Decreto 157/2022, art. 10.1: el anexo II fija las competencias específicas de cada área, «comunes para todos los ciclos de la etapa», y los criterios de evaluación y saberes básicos de cada ciclo.
- Real Decreto 157/2022, anexo I: la vinculación entre descriptores operativos y competencias específicas «propicia que de la evaluación de estas últimas pueda colegirse el grado de adquisición de las competencias clave definidas en el Perfil de salida».
- Real Decreto 157/2022, anexo II, Matemáticas: «No existe una vinculación unívoca y directa entre criterios de evaluación y saberes básicos».
Cómo se lee un criterio: muestra su estructura (un proceso, un saber movilizado y un contexto o grado de ayuda) con un ejemplo, como el criterio 6.2 de Matemáticas del segundo ciclo: «Explicar los procesos e ideas matemáticas, los pasos seguidos en la resolución de un problema o los resultados obtenidos, utilizando un lenguaje matemático sencillo en diferentes formatos».
Aplicación al aula (5.º de Primaria, Matemáticas)
Para el criterio 2.3 del tercer ciclo («Comprobar la corrección matemática de las soluciones de un problema y su coherencia en el contexto planteado»), el maestro no basta con mirar si el resultado es correcto: añade a cada problema una pregunta final («¿Tiene sentido que un autobús lleve 47,5 personas?»). Lo que evalúa es si el alumno contrasta su resultado con el contexto, que es lo que pide el criterio.
4.4. Tipos de evaluación (epígrafe 2.3 del índice)
Ideas clave (clasificación basada en la de Casanova, 1995; la última fila es un añadido nuestro)
| Según… | Tipos | En Primaria |
|---|---|---|
| La finalidad o función | Diagnóstica, formativa, sumativa | Las tres conviven; la norma pone el acento en la formativa (art. 14.1). |
| El momento | Inicial, continua o procesual, final | Evaluación inicial al empezar el curso o una situación de aprendizaje; seguimiento continuo; sesión final de curso (art. 14.5). |
| El referente | Criterial (respecto a criterios), normativa (respecto al grupo), idiográfica o personalizada (respecto al propio alumno) | El referente legal es criterial: los criterios de evaluación. La comparación con el propio punto de partida es útil para la retroalimentación. Comparar con el grupo no es un referente válido para calificar. |
| El agente | Heteroevaluación, autoevaluación, coevaluación | Las tres. La autoevaluación y la coevaluación aparecen en el propio currículo (ver 4.6). |
| La procedencia | Interna (centro, profesorado) y externa (administración) | Evaluación de diagnóstico de 4.º (externa en su diseño, aplicada por los centros). |
Autores: Glaser (1963) distinguió entre medidas referidas a criterio y referidas a norma; Casanova (1995) clasifica la evaluación por su funcionalidad, normotipo, temporalización y agentes, y es una referencia muy usada en España.
Normativa
- Evaluación de diagnóstico de 4.º (LOE, art. 21; Real Decreto 157/2022, art. 22): censal, con «carácter informativo, formativo y orientador»; comprueba al menos la competencia en comunicación lingüística y la matemática (LOE, art. 144.1), y sus resultados no pueden usarse para clasificar centros (art. 144.3).
- Evaluación muestral de 6.º (LOE, art. 143.2), «con carácter muestral y plurianual».
- Las evaluaciones individualizadas de 3.º y de final de Primaria eran de la LOMCE; la de final de etapa la suprimió el Real Decreto-ley 31/2020, como recoge el texto consolidado de la LOE.
Aplicación al aula (3.º de Primaria, Matemáticas, evaluación inicial)
En la primera semana, en lugar de un examen de repaso, la maestra organiza una «tienda de la clase» y observa con una lista de control si cada alumno cuenta de uno en uno o agrupa, si estima antes de pagar y si sabe explicar el cambio. Con esos datos forma los grupos y decide a quién dar material manipulativo adicional: evaluación inicial con consecuencia didáctica inmediata.
4.5. Características de la evaluación (epígrafe 3 del índice)
Ideas clave: cada característica, con su consecuencia práctica
| Característica | Qué significa y qué cambia en el aula |
|---|---|
| Global | Se valora el progreso en el conjunto de áreas y competencias; las decisiones se toman mirando al alumno completo. |
| Continua | Se recogen evidencias a lo largo de todo el proceso y, si aparece una dificultad, se actúa en ese momento (art. 14.2). |
| Formativa | Sirve para mejorar el aprendizaje y la enseñanza mientras ocurren: retroalimentación frecuente, posibilidad de rehacer, ajuste de la programación. |
| Criterial | El referente son los criterios de evaluación, no la comparación con los compañeros; el alumno sabe qué se le va a evaluar. |
| Objetiva | Derecho a que «dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad» (art. 23): criterios públicos y varias evidencias. |
| Inclusiva y accesible | Instrumentos accesibles (art. 14.6) y condiciones adaptadas al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (art. 16.6): mismo criterio, distintas formas de demostrarlo. |
| Colegiada | El equipo docente, coordinado por el tutor, valora el progreso y decide la promoción (arts. 14.5 y 15.1). |
| Informada a las familias | Derecho a conocer las decisiones de evaluación y promoción y a acceder a los documentos y pruebas (art. 24). |
Normativa (literal, comprobada)
- LOE, art. 20.1: «La evaluación del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de los procesos de aprendizaje».
- Real Decreto 157/2022, art. 14.6: «se promoverá el uso generalizado de instrumentos de evaluación variados, diversos, accesibles y adaptados a las distintas situaciones de aprendizaje que permitan la valoración objetiva de todo el alumnado».
- Real Decreto 157/2022, art. 5.4: las medidas «se regirán por los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje»; en evaluación, varias formas de demostrar lo aprendido.
Matiz que puntúa: fíjate en que la LOE dice «continua y global» y es el Real Decreto 157/2022 el que añade «formativa». Si lo señalas, demuestras que has leído las dos normas.
Aplicación al aula (4.º de Primaria, Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural)
En la situación de aprendizaje sobre el ciclo del agua, el producto final puede ser una maqueta explicada oralmente, un cómic o un texto con esquema, valorados con la misma rúbrica: se mide el criterio (explicar el proceso y sus fases), no el formato.
4.6. Estrategias de evaluación: evaluación formativa, retroalimentación y participación del alumnado (epígrafe 4.1 del índice)
Una definición de trabajo para todo el tema (no es una definición legal: dila como propuesta tuya y mantenla):
- Estrategia: el planteamiento general de la evaluación: quién evalúa (heteroevaluación, autoevaluación, coevaluación), cuándo y con qué propósito (formativa, sumativa), y cómo se usa la información (retroalimentación, evaluación compartida).
- Técnica (o procedimiento): el modo de obtener la información (observar, analizar producciones, dialogar, aplicar pruebas).
- Instrumento: el soporte concreto en el que se recoge y valora la información (lista de control, escala, rúbrica, registro anecdótico, diario, portafolio, prueba).
Ideas clave
- Evaluación formativa: la que se usa para ajustar la enseñanza y el aprendizaje mientras ocurren. La revisión de Black y Wiliam (1998) concluyó que reforzar la evaluación formativa en el aula mejora el aprendizaje; los mismos autores la desarrollaron después como teoría (Black y Wiliam, 2009).
- Las condiciones de la retroalimentación útil (Sadler, 1989): que el alumno sepa cuál es la meta, que pueda comparar su trabajo con ella y que sepa qué hacer para reducir la distancia.
- Las tres preguntas de la retroalimentación (Hattie y Timperley, 2007): ¿adónde voy?, ¿cómo voy?, ¿cuál es el siguiente paso? Distinguen además niveles de retroalimentación (tarea, proceso, autorregulación y persona) y advierten de que el elogio centrado en la persona («qué listo eres») aporta poco al aprendizaje.
- Cinco estrategias clave de la evaluación formativa (Wiliam, 2011): aclarar y compartir las intenciones de aprendizaje y los criterios de logro; diseñar actividades y preguntas que hagan visible lo que el alumnado sabe; dar retroalimentación que haga avanzar; activar a los alumnos como recursos de aprendizaje unos para otros; activar a cada alumno como dueño de su aprendizaje.
- Autoevaluación y coevaluación: el currículo las pide; hay que enseñar a hacerlas (criterios claros, modelos, práctica guiada). Para fundamentarlas, las revisiones de Panadero (2017), sobre aprendizaje autorregulado, y de Andrade (2019), sobre autoevaluación. La evaluación formativa y compartida (López Pastor y Pérez Pueyo, 2017) añade el diálogo con el alumno sobre su evaluación.
- El error como información: Matemáticas pide valorar «el error como una oportunidad de aprendizaje» (criterio 7.2, en los tres ciclos).
Otros autores útiles: Sanmartí (2007), en castellano, sobre evaluar para aprender, la autorregulación y el papel del error; Topping (2009) sobre la evaluación entre iguales. De Wiliam hay en castellano un libro práctico escrito con Siobhán Leahy: Integrar la evaluación formativa en la enseñanza (Graó, 2024).
Normativa (literal, comprobada)
- Real Decreto 157/2022, anexo I, descriptor CPSAA5 (al completar la Primaria): «Planea objetivos a corto plazo, utiliza estrategias de aprendizaje autorregulado y participa en procesos de auto y coevaluación, reconociendo sus limitaciones y sabiendo buscar ayuda en el proceso de construcción del conocimiento».
- Real Decreto 157/2022, anexo II, Lengua Extranjera, tercer ciclo, criterio 5.3: «Registrar y utilizar, de manera guiada, los progresos y dificultades en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera, reconociendo los aspectos que ayudan a mejorar y realizando actividades de autoevaluación y coevaluación, como las propuestas en el Portfolio Europeo de las Lenguas (PEL) o en un diario de aprendizaje».
Aplicación al aula (5.º de Primaria, Matemáticas)
Al final de cada sesión de fracciones, cada alumno resuelve un problema corto en una tarjeta de salida y marca un semáforo (verde: lo sé explicar; amarillo: lo hago, pero no sé explicarlo; rojo: no lo entiendo). Al día siguiente, los «rojos» trabajan con el maestro con material manipulativo, los «amarillos» explican su procedimiento por parejas y los «verdes» resuelven un problema de ampliación. La información cambia lo que pasa al día siguiente: eso es evaluación formativa.
4.7. Técnicas de evaluación (epígrafe 4.2 del índice)
Ideas clave
| Técnica | Para qué sirve | Ejemplo en Primaria |
|---|---|---|
| Observación sistemática | Seguir aprendizajes, hábitos y conductas en situación real; imprescindible en el primer ciclo y en Educación Física. | Observación de la lectura en voz alta, del trabajo en equipo o de la ejecución de un juego motor. |
| Análisis de producciones del alumnado | Valorar evidencias del aprendizaje: cuadernos, textos, maquetas, murales, grabaciones, proyectos. | Revisión de borradores de un texto, del cuaderno de problemas o de un vídeo explicativo. |
| Intercambios orales y entrevistas | Conocer el razonamiento: el «cómo lo has pensado». | Pequeña entrevista mientras el alumno resuelve un problema; asambleas; puestas en común. |
| Pruebas específicas (orales, escritas, prácticas) | Comprobar desempeños concretos en condiciones comparables. | Prueba escrita con problemas contextualizados; prueba práctica de un circuito motor. |
| Autoevaluación y coevaluación | Implicar al alumnado y desarrollar la autorregulación. | Diana de trabajo en equipo; revisión entre parejas de un texto con una lista de comprobación. |
Idea fuerza: triangular. Una decisión importante no debe basarse en una sola técnica ni en un solo instrumento.
Normativa: el Real Decreto 157/2022 no enumera técnicas. Un ejemplo de desarrollo es la Orden EFP/678/2022 (currículo del Ministerio para Ceuta y Melilla), cuyo anexo II, en las orientaciones de Educación Física, afirma que «La observación sistemática permite realizar el seguimiento regular de aprendizajes, hábitos y comportamientos» y que el análisis de las producciones del alumnado «facilita la obtención de información sobre los niveles de logro alcanzados». Solo es aplicable en Ceuta y Melilla; en tu comunidad, busca el equivalente en tu decreto o en tu norma de evaluación.
Aplicación al aula (1.º de Primaria, Educación Física)
Criterio 3.2 del primer ciclo: «Respetar las normas consensuadas, así como las reglas de juego, y actuar desde los parámetros de la deportividad y el juego limpio, aceptando las características y niveles de los participantes». En tres sesiones de juegos de persecución, la maestra observa cada día a un tercio de la clase con una escala de tres niveles (casi nunca, a veces, casi siempre) para dos conductas: respeta la regla cuando le pillan y acepta a cualquier compañero en su equipo. Observar a pocos alumnos cada día hace viable la observación sistemática.
4.8. Instrumentos de evaluación (epígrafe 4.3 del índice)
Ideas clave: repertorio razonado
| Instrumento | Qué es | Cuándo conviene | Ejemplo |
|---|---|---|---|
| Lista de control o de cotejo | Lista de conductas o rasgos con respuesta sí/no. | Conductas observables y concretas. | 1.º: «separa las palabras al escribir», «usa mayúscula al empezar». |
| Escala de estimación (numérica, verbal, gráfica) | Grado o frecuencia de una conducta. | Cuando importa el grado, no solo la presencia. | Escala de participación en las asambleas. |
| Rúbrica | Matriz de criterios y niveles de desempeño descritos. | Tareas complejas; muy útil si el alumnado la conoce antes y la usa para autoevaluarse. | Rúbrica de exposición oral en 6.º. |
| Registro anecdótico | Anotación breve de hechos significativos no previstos. | Conductas, convivencia, avances llamativos. | «Hoy M. ha explicado a su compañero cómo restar llevando, sin ayuda». |
| Diario de clase o de aprendizaje | Registro reflexivo, del maestro o del alumno. | Metacognición, segundo y tercer ciclo. | «Hoy he aprendido… me ha costado… mañana probaré…». |
| Portafolio | Colección seleccionada de trabajos con reflexión del alumno. | Mostrar progreso a lo largo del tiempo. | Portafolio de escritura o el Portfolio Europeo de las Lenguas. |
| Diana de autoevaluación | Representación gráfica de varios criterios en círculos concéntricos. | Autoevaluación y coevaluación visual, desde el primer ciclo. | Diana del trabajo en equipo tras un proyecto. |
| Pruebas (orales, escritas, prácticas) | Tareas en condiciones controladas. | Comprobar desempeños concretos. | Prueba de problemas con pregunta de explicación del procedimiento. |
| Grabaciones (audio, vídeo) | Evidencia de desempeños orales o motores. | Comparar el antes y el después. | Lectura en voz alta grabada en septiembre y en junio. |
Autores: Brookhart (2013), sobre cómo diseñar rúbricas para la evaluación formativa y la calificación; Panadero y Jonsson (2013), revisión sobre el uso formativo de las rúbricas, que apunta a que rinden más cuando el alumnado las conoce y las usa.
Normativa
- Real Decreto 157/2022, art. 14.6 (instrumentos variados, diversos, accesibles y adaptados).
- Real Decreto 157/2022, anexo II, Valores Cívicos y Éticos: los criterios «atienden tanto a los procesos como a los productos del aprendizaje, lo cual exige el uso de instrumentos de evaluación variados y ajustables a los distintos contextos y situaciones de aprendizaje».
- Como ejemplo de desarrollo, la Orden EFP/678/2022 (Ceuta y Melilla), anexo II, Educación Artística, menciona expresamente «las listas de control, las rúbricas de evaluación, los portafolios, los diarios de aprendizaje y las escalas de observación sistemática».
Aplicación al aula (4.º de Primaria, Lengua Castellana y Literatura)
Criterio de la competencia específica 5, segundo ciclo: «Producir textos escritos y multimodales sencillos, con coherencia y adecuación, en distintos soportes, iniciándose en el uso de las normas gramaticales y ortográficas más sencillas al servicio de la cohesión y progresando, de manera acompañada, en la movilización de estrategias sencillas, individuales o grupales, de planificación, textualización y revisión». Situación de aprendizaje: redactar la reseña de un libro de la biblioteca de aula para el blog del colegio.
- La clase analiza dos reseñas modelo (una buena y una floja) y construye con el maestro una rúbrica de cuatro criterios (se entiende de qué trata el libro sin contar el final; opina con razones; ordena el texto en párrafos; revisa la ortografía trabajada) y tres niveles.
- Primer borrador: coevaluación por parejas con la rúbrica («dos cosas que funcionan y una que mejorar»).
- Segundo borrador: el maestro comenta solo el criterio más débil de cada alumno.
- Versión final: autoevaluación con la misma rúbrica y valoración del maestro. Las tres versiones van al portafolio: se evalúa el proceso de planificación, textualización y revisión que pide el criterio, no solo el producto.
4.9. De la evidencia a la calificación: sesiones de evaluación y resultados (epígrafe 4.4 del índice)
Ideas clave
- El equipo docente se reúne en sesiones de evaluación coordinadas por el tutor. Su número y calendario los fija cada administración (es habitual una evaluación inicial, sesiones a lo largo del curso y una final).
- La norma básica fija una única sesión de evaluación al finalizar el curso, en la que el equipo docente valora de forma colegiada el progreso del alumnado (art. 14.5).
- Los resultados se expresan en los términos Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) y Sobresaliente (SB) (art. 26.2). Comprueba en tu norma autonómica si añade una calificación numérica o algún otro matiz.
- Criterios de calificación: cómo se pasa de las evidencias a la calificación; deben figurar en la programación, ser conocidos y reflejar el logro de los criterios, no una media de exámenes.
Normativa (literal, comprobada)
- Real Decreto 157/2022, art. 14.5: «Con independencia del seguimiento realizado a lo largo del curso, el equipo docente, coordinado por el tutor o la tutora del grupo, valorará, de forma colegiada, el progreso del alumnado en una única sesión de evaluación que tendrá lugar al finalizar el curso escolar».
- Real Decreto 157/2022, art. 26.2: escala de resultados citada arriba.
- Ejemplo de desarrollo (Orden EFP/678/2022, Ceuta y Melilla): art. 16.2 (las programaciones incluyen «Procedimientos e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado» y «Criterios de calificación»), art. 22.2 (una sesión de evaluación inicial, tres a lo largo del curso y una final) y art. 28 (los centros deben hacer públicos los procedimientos, instrumentos y criterios de calificación).
Aplicación al aula (6.º de Primaria, cualquier área)
El equipo del tercer ciclo acuerda en su programación que cada criterio trabajado en el trimestre se valore con al menos dos evidencias de distinto tipo (por ejemplo, una producción y una observación) antes de calificarlo. En la sesión de evaluación, el tutor presenta, además de las calificaciones, las medidas de refuerzo propuestas para quien las necesite.
4.10. Evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (epígrafe 4.5 del índice)
Ideas clave
- Distingue dos cosas: adaptar las condiciones de la evaluación (tiempo, formato, apoyos, lectura de enunciados) y cambiar los referentes (adaptación curricular significativa).
- Con adaptación curricular significativa, los referentes son los criterios de la adaptación, y eso no impide promocionar.
Normativa (literal, comprobada)
- Real Decreto 157/2022, art. 16.6: «se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de los procesos asociados a la evaluación se adapten a las necesidades de este alumnado».
- Real Decreto 157/2022, art. 17.3: en el alumnado con necesidades educativas especiales, «los referentes de la evaluación serán los incluidos en dichas adaptaciones, sin que este hecho pueda impedirles promocionar de ciclo o etapa».
Aplicación al aula (3.º de Primaria, Conocimiento del Medio, alumno con dislexia)
En la prueba de la situación de aprendizaje sobre las plantas, el maestro lee en voz alta los enunciados, da diez minutos más y permite responder a dos preguntas de forma oral o con un dibujo rotulado. Los criterios son los mismos que para el resto del grupo. Lo que cambia son las condiciones (art. 16.6), no los referentes.
4.11. Promoción: la decisión (epígrafe 5.1 del índice)
Ideas clave
- Se decide al final de cada ciclo (2.º, 4.º y 6.º), por el equipo docente de forma colegiada y tomando especialmente en consideración el criterio del tutor.
- El alumnado que promociona con aprendizajes pendientes recibe los apoyos necesarios para recuperarlos.
- Al final de cada ciclo, el tutor emite un informe sobre el grado de adquisición de las competencias clave con las medidas de refuerzo para el ciclo o etapa siguiente; al final de la etapa, un informe sobre la evolución y el grado de desarrollo de las competencias clave.
Normativa (literal, comprobada)
- Real Decreto 157/2022, art. 15.1: «Al final de cada ciclo, el equipo docente adoptará las decisiones relativas a la promoción del alumnado de manera colegiada, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o la tutora».
- Real Decreto 157/2022, art. 15.2: «El alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar los aprendizajes que no hubiera alcanzado durante el curso anterior».
- Real Decreto 157/2022, art. 15.4: informe de final de ciclo; art. 15.5: informe de final de etapa. En la LOE, art. 20.3 y 20.4.
- Real Decreto 157/2022, art. 16.4: las medidas de atención a las diferencias individuales «en ningún caso podrán suponer una discriminación que impida a quienes se beneficien de ellas promocionar al siguiente ciclo o etapa».
Aplicación al aula (final de 4.º de Primaria)
Una alumna con dificultades de comprensión lectora ha mejorado con apoyo dentro del aula, aunque aún no alcanza algunos criterios de Lengua. El equipo decide que promocione y el tutor redacta el informe de final de ciclo: criterios no alcanzados, qué ha funcionado (lectura guiada en grupo pequeño, textos con apoyo visual) y medidas para 5.º. Ese informe da continuidad al refuerzo.
4.12. La permanencia excepcional y el plan específico de refuerzo (epígrafe 5.2 del índice)
Ideas clave
- La permanencia de un año más en el mismo curso es una medida excepcional, que solo puede adoptarse una vez en la etapa y solo tras haber aplicado medidas ordinarias suficientes, adecuadas y personalizadas.
- Si se adopta, es obligatorio organizar un plan específico de refuerzo para que el alumno alcance durante ese curso el grado de adquisición de las competencias esperado.
- La ley insiste en evitarla: la LOE (art. 20 bis) y el Real Decreto 157/2022 (art. 16.1) piden apoyo y refuerzo «para evitar la repetición escolar» o «para evitar la permanencia en un mismo curso».
- Como la promoción se decide al final de cada ciclo, la permanencia se plantea en 2.º, 4.º o 6.º. Así lo concretan expresamente varias normas autonómicas de evaluación (por ejemplo, las de Castilla-La Mancha, Galicia, Extremadura, Aragón, Cantabria y Navarra). Comprueba también si tu comunidad exige oír a las familias: la Orden EFP/678/2022 (art. 21.3) lo exige en Ceuta y Melilla («oídos los padres, madres, tutores o tutoras legales del alumno o alumna»).
- El nombre del plan varía según la comunidad (por ejemplo, Madrid habla de plan específico individualizado de refuerzo curricular y Aragón de plan de seguimiento personalizado de apoyo y refuerzo): usa el de tu norma.
Qué debe contener un plan específico de refuerzo (propuesta nuestra; tu comunidad puede tener modelo oficial):
- Punto de partida: criterios de evaluación no alcanzados y causas probables, a partir del informe de final de ciclo y de las evidencias.
- Objetivos concretos para el curso, formulados como criterios observables.
- Medidas organizativas, curriculares y metodológicas (apoyo dentro del aula, agrupamientos flexibles, materiales adaptados, tiempo adicional de lectura).
- Responsables (tutor, maestro de apoyo, especialistas, orientación) y coordinación entre ellos.
- Colaboración con la familia (compromisos concretos).
- Seguimiento y evaluación del plan en cada sesión de evaluación, con posibilidad de ajustarlo.
Normativa (literal, comprobada)
- Real Decreto 157/2022, art. 15.3: «Si en algún caso y tras haber aplicado las medidas ordinarias suficientes, adecuadas y personalizadas para atender el desfase curricular o las dificultades de aprendizaje del alumno o la alumna, el equipo docente considera que la permanencia un año más en el mismo curso es la medida más adecuada para favorecer su desarrollo, se organizará un plan específico de refuerzo para que, durante ese curso, pueda alcanzar el grado esperado de adquisición de las competencias correspondientes. Esta decisión solo se podrá adoptar una vez durante la etapa y tendrá, en todo caso, carácter excepcional».
- LOE, art. 20.3, párrafo segundo: misma regulación en la ley.
- Real Decreto 157/2022, art. 24: las familias deben colaborar «en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros» y tienen derecho «a conocer las decisiones relativas a su evaluación y promoción».
Autor: Jimerson (2001) revisó en un metaanálisis los resultados académicos y socioemocionales asociados a la repetición de curso y propuso abandonar el debate entre repetir o promocionar en favor de estrategias de apoyo basadas en la evidencia. Úsalo para justificar que la norma haga excepcional la permanencia, sin dar cifras.
Aplicación al aula (2.º de Primaria, plan específico de refuerzo)
Un alumno permanece en 2.º tras un curso con apoyo dentro del aula: todavía no lee sílabas trabadas ni resuelve problemas de una operación. Su plan incluye lectura diaria de diez minutos con textos de su nivel y grabación quincenal de su lectura; apoyo de la maestra de refuerzo dentro del aula en Matemáticas, con material manipulativo y problemas orales antes que escritos; un compromiso con la familia de leer juntos cada día un libro de la biblioteca de aula; y revisión del plan en cada sesión de evaluación, con la lista de control y las grabaciones como evidencias.
4.13. Otras medidas y planes de refuerzo y de enriquecimiento (epígrafe 5.3 del índice)
Ideas clave
- No confundas: medida de refuerzo (cualquier alumno, en cuanto se detecta la dificultad), plan de refuerzo o de enriquecimiento (el centro los elabora, con orientaciones de la administración, para quien lo requiera) y plan específico de refuerzo (obligatorio cuando el alumno permanece un año más).
- El enriquecimiento también es consecuencia de la evaluación: es para quien ya alcanza los criterios.
Normativa (literal, comprobada)
- Real Decreto 157/2022, art. 14.2: «cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas deberán adoptarse tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo».
- Real Decreto 157/2022, art. 14.3 y LOE, art. 20.2: orientaciones para que los centros elaboren «planes de refuerzo o de enriquecimiento curricular que permitan mejorar el nivel competencial del alumnado que lo requiera».
- Real Decreto 157/2022, art. 16.5: los mecanismos de apoyo y refuerzo «serán tanto organizativos como curriculares y metodológicos. Entre ellos podrán considerarse el apoyo en el grupo ordinario, los agrupamientos flexibles o las adaptaciones del currículo».
Aplicación al aula (6.º de Primaria, Matemáticas, enriquecimiento)
Tres alumnos alcanzan todos los criterios de porcentajes en la primera semana. En lugar de más ejercicios iguales, el maestro les propone comparar las ofertas de tres folletos de supermercado y explicar a la clase cuál es más ventajosa y por qué.
4.14. Informes, documentos oficiales e información a las familias (epígrafe 5.4 del índice)
Ideas clave
- Documentos oficiales de evaluación: actas de evaluación, expediente académico, historial académico, informe de final de etapa y, en su caso, informe personal por traslado (art. 25.1).
- Coordinación con Secundaria: el historial académico y el informe de final de etapa se envían al instituto, a petición de este (art. 28.3).
Normativa (literal, comprobada)
- Real Decreto 157/2022, art. 25.1: «En la Educación Primaria, los documentos oficiales de evaluación son las actas de evaluación, el expediente académico, el historial académico, el informe de final de etapa y, en su caso, el informe personal por traslado».
- Real Decreto 157/2022, art. 24: derecho de las familias al «acceso a los documentos oficiales de su evaluación y a las pruebas y documentos de las evaluaciones que se les realicen».
Aplicación al aula (tutoría de 3.º)
En la entrevista del segundo trimestre, el tutor enseña a la familia el primer y el último texto del portafolio de su hija, señala un criterio en el que ha avanzado y otro en el que necesita apoyo, y acuerda una actuación concreta en casa (comentar juntos el final de un cuento cada noche).
4.15. Conclusión (epígrafe 6 del índice)
Ideas clave
- La evaluación es la herramienta que permite ajustar la enseñanza a cada alumno: sin ella, ni la atención a las diferencias ni la promoción con garantías son posibles.
- La normativa vigente la define como global, continua y formativa, con los criterios de evaluación como referente y la permanencia como medida excepcional.
- Cierra con una idea de práctica: evaluar mucho, calificar lo necesario y usar siempre la información para decidir qué hacer al día siguiente.
5. Tablas resumen
5.1. La evaluación en tres leyes: lo que conviene saber para no citar normas derogadas
| Aspecto | LOE de 2006 (redacción original) | LOMCE (2013) | LOMLOE (vigente) |
|---|---|---|---|
| Características (art. 20.1) | Continua y global | Continua y global | Continua y global (LOE); global, continua y formativa (Real Decreto 157/2022, art. 14.1) |
| Referentes | Objetivos de las áreas y competencias básicas | Criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables | Criterios de evaluación vinculados a competencias específicas y competencias clave |
| Promoción | Por ciclo | Por curso | Por ciclo (Real Decreto 157/2022, art. 15.1) |
| Permanencia | Un curso más en el mismo ciclo, una sola vez, «con un plan específico de refuerzo o recuperación» | Repetir una sola vez, «con un plan específico de refuerzo o recuperación» | Un año más en el mismo curso, una vez, excepcional, tras medidas ordinarias, con plan específico de refuerzo |
| Evaluaciones externas | Diagnóstico al final del segundo ciclo | Individualizadas en 3.º y al final de 6.º | Diagnóstico censal en 4.º (art. 21) y muestral en 6.º (art. 143.2) |
| Norma de desarrollo | Real Decreto 1513/2006 | Real Decreto 126/2014 | Real Decreto 157/2022 (el Real Decreto 984/2021 está derogado) |
5.2. Técnicas e instrumentos por ciclos (orientativo)
| Primer ciclo (1.º-2.º) | Segundo ciclo (3.º-4.º) | Tercer ciclo (5.º-6.º) | |
|---|---|---|---|
| Técnica predominante | Observación sistemática y análisis de producciones; diálogo individual. | Análisis de producciones, pruebas sencillas, intercambios orales. | Pruebas variadas, análisis de proyectos, entrevistas, autoevaluación con criterios. |
| Instrumentos útiles | Listas de control, escalas con pictogramas, registro anecdótico, grabaciones de lectura. | Rúbricas sencillas (3-4 criterios), cuaderno con comentarios, dianas, primeros portafolios. | Rúbricas co-construidas, portafolio con reflexión, diario de aprendizaje, Portfolio Europeo de las Lenguas. |
| Participación del alumnado | Autoevaluación con apoyos visuales (caras, semáforo); coevaluación guiada por el maestro. | Coevaluación por parejas con lista de comprobación; autoevaluación con rúbrica. | Autoevaluación argumentada, coevaluación con rúbrica, participación en la definición de criterios. |
| Hitos | Detección precoz (lectoescritura, numeración); decisión de promoción al final de 2.º. | Evaluación de diagnóstico en 4.º; decisión de promoción al final de 4.º. | Informe de final de etapa y paso a Secundaria. |
6. Errores frecuentes en este tema
- Citar normas derogadas. El Real Decreto 126/2014 (estándares de aprendizaje evaluables) y el Real Decreto 984/2021 (evaluación y promoción) no rigen hoy. El capítulo de Primaria del 984/2021 lo derogó el Real Decreto 157/2022, y la norma entera quedó derogada por el Real Decreto 243/2022 con efectos del 7 de abril de 2022, según el texto consolidado del BOE. La referencia vigente es la LOE (arts. 20, 20 bis, 21 y 144) y el Real Decreto 157/2022 (arts. 14 a 30).
- Hablar de «promoción por cursos» y de «evaluaciones individualizadas de 3.º y 6.º», que eran de la LOMCE.
- Presentar la repetición como algo ordinario. Es excepcional, solo una vez y después de haber aplicado medidas ordinarias.
- Confundir los tres «refuerzos»: medidas de refuerzo, planes de refuerzo o enriquecimiento y plan específico de refuerzo.
- Confundir técnica e instrumento, o mezclarlos sin definirlos. Define al principio y sé coherente.
- Listar instrumentos sin vincularlos a criterios. Una lista de diez instrumentos no demuestra nada; un instrumento aplicado a un criterio concreto, en un curso concreto, sí.
- Reducir la evaluación a calificar o a examinar. La palabra clave del enunciado es «procesos».
- Usar vocabulario desfasado: «competencias básicas», «estándares», «objetivos de área», «contenidos mínimos». Hoy: competencias clave, competencias específicas, criterios de evaluación, saberes básicos.
- Olvidar al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo: adaptar condiciones (art. 16.6) no es lo mismo que cambiar referentes (art. 17.3).
- Inventar citas textuales. Las frases que circulan atribuidas a Stufflebeam o a otros autores tienen traducciones distintas: parafrasea.
- Convertir el tema en el de atención a la diversidad. Las medidas de refuerzo se tratan como consecuencia de la evaluación, no como catálogo.
7. Cómo diferenciarse
Ideas con base suficiente para aportar valor sin perder rigor:
- Contar de dónde sale el título. Explicar que el enunciado reproduce la LOE de 2006 y enseñar en una tabla cómo ha cambiado la regulación (apartado 5.1) demuestra dominio normativo en dos minutos.
- Retroalimentación con fundamento. Las tres preguntas y los niveles de Hattie y Timperley (2007) y las condiciones de Sadler (1989) permiten explicar por qué un «muy bien» o un «revisa» no sirven y qué poner en su lugar.
- Comentarios frente a notas. Un estudio clásico de Butler (1988), con alumnado de 5.º y 6.º curso, comparó tres formas de devolver un trabajo (solo nota, solo comentarios individuales, o nota y comentarios): los comentarios solos dieron el mayor interés y rendimiento, y añadir la nota al comentario dio resultados parecidos a dar solo la nota. Úsalo para justificar que, en la evaluación formativa, la nota no debe tapar el comentario.
- PIRLS y TIMSS. España participa en estos estudios internacionales con alumnado de 4.º de Primaria (INEE). Una mención sitúa la evaluación del aula dentro del sistema.
- Rúbricas que se usan antes, no solo después. Construirlas con el alumnado y usarlas para la autoevaluación (Panadero y Jonsson, 2013) convierte un instrumento de calificación en uno de aprendizaje.
- La repetición, con evidencia. Explicar que la norma la hace excepcional y que la investigación no respalda sus beneficios generales (Jimerson, 2001) da solidez a tu postura. No uses cifras que no hayas comprobado en la fuente.
- Evaluar también la enseñanza (art. 14.4) y cuidar la protección de datos al usar herramientas digitales (el art. 24 remite a la Ley Orgánica 3/2018; el art. 30 regula la confidencialidad): una línea de cada cosa muestra criterio profesional.
Lo que no recomendamos: diagnosticar «estilos de aprendizaje» visuales, auditivos o kinestésicos para elegir instrumentos. El Real Decreto 157/2022 habla de «ritmos y estilos de aprendizaje» (art. 16.2) en sentido amplio, pero la revisión de Pashler et al. (2008) no encontró pruebas sólidas de que adaptar la enseñanza a un estilo diagnosticado mejore el aprendizaje. Tampoco des porcentajes de repetición o de mejora sin fuente y año.
8. La parte autonómica
Para este tema, en el decreto (u orden) de currículo de tu comunidad busca el capítulo o artículos de evaluación y promoción: si añade características a las estatales, cuántas sesiones de evaluación fija, cómo se expresan los resultados (si hay calificación numérica además de la escala IN-SB), en qué cursos se decide la permanencia, si exige oír a las familias, y qué dice de los informes de final de ciclo y de etapa y de los planes de refuerzo. Comprueba además si tu comunidad tiene una orden específica de evaluación o una orden de desarrollo del currículo que la regule, con modelos oficiales de informes y de plan específico de refuerzo: es la norma que más se acerca a este tema. Cita en tu tema la norma de tu comunidad, no la de otra.
Normas autonómicas de evaluación en Primaria que hemos localizado (comprobadas en el diario oficial o en el portal oficial en octubre de 2026; revisa si han tenido modificaciones antes de citarlas):
| Comunidad | Norma |
|---|---|
| Andalucía | Orden de 30 de mayo de 2023 (BOJA n.º 104, de 2 de junio de 2023): desarrolla el currículo y ordena la evaluación del proceso de aprendizaje. |
| Aragón | Orden ECD/1112/2022, de 18 de julio (la propia orden del currículo regula también las características de la evaluación). |
| Asturias | Resolución de 26 de junio de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se regulan aspectos de la ordenación académica de las enseñanzas de la Educación Primaria y de la evaluación del aprendizaje del alumnado (BOPA n.º 127, de 4 de julio de 2023). En 2026 se ha abierto la consulta previa de una orden de evaluación nueva: comprueba si se ha publicado. |
| Illes Balears | Orden 28/2025, de 21 de octubre, sobre la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Primaria en las Illes Balears (BOIB n.º 140, de 23 de octubre de 2025). |
| Canarias | Orden de 31 de mayo de 2023 (BOC n.º 110, de 8 de junio de 2023): evaluación y promoción en Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato. |
| Cantabria | Orden EDU/3/2023, de 3 de marzo (BOC n.º 51, de 14 de marzo de 2023). |
| Castilla-La Mancha | Orden 185/2022, de 27 de septiembre, por la que se regula la evaluación en la etapa de Educación Primaria (DOCM n.º 189, de 30 de septiembre de 2022). |
| Castilla y León | Orden EDU/423/2024, de 9 de mayo, por la que se desarrolla la evaluación y la promoción en la Educación Primaria (BOCYL n.º 95, de 17 de mayo de 2024). |
| Cataluña | No hay orden de evaluación posterior a la LOMLOE: la evaluación está en el propio Decret 175/2022, arts. 23 a 35 (cita el texto consolidado). |
| Comunitat Valenciana | No hay orden específica: la evaluación está en el Decreto 106/2022, arts. 26 a 45, cuya redacción ha cambiado en parte el Decreto 96/2026 (DOGV n.º 10391, de 25 de junio de 2026) desde el curso 2026-2027: documentos oficiales de evaluación, sesiones trimestrales y nuevo modelo de informe. |
| Extremadura | Orden de 9 de diciembre de 2022, de evaluación del alumnado en Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato (DOE n.º 239, de 15 de diciembre de 2022). |
| Galicia | Orden de 26 de mayo de 2023, que desarrolla el Decreto 155/2022 y regula la evaluación (DOG n.º 111, de 13 de junio de 2023). |
| Comunidad de Madrid | Orden 130/2023, de 23 de enero, sobre organización y funcionamiento, evaluación y autonomía pedagógica en Primaria (BOCM n.º 25, de 30 de enero de 2023). |
| Región de Murcia | No hay orden de evaluación posterior a la LOMLOE: la regula el Decreto 209/2022, arts. 19 a 22 (la promoción, en el art. 20). Hay un proyecto de orden de ordenación académica y evaluación de Infantil y Primaria en información pública (BORM n.º 217, de 19 de septiembre de 2026): comprueba si se ha aprobado antes de tu examen. |
| Navarra | Orden Foral 52/2023, de 12 de junio, de evaluación y promoción en Primaria (BON n.º 136, de 29 de junio de 2023). |
| País Vasco | Orden de 22 de enero de 2024, del Consejero de Educación, por la que se regula la evaluación en Educación Infantil y la evaluación, la promoción y la titulación, en su caso, en Educación Básica y en Bachillerato (BOPV n.º 23, de 31 de enero de 2024). |
| La Rioja | No hay orden específica: la evaluación y la promoción están en el Decreto 41/2022, arts. 17 a 25 y 33 a 38. |
| Ceuta y Melilla | Orden EFP/678/2022, de 15 de julio (la orden del currículo regula la evaluación en sus arts. 20 a 23 y 28 a 36). |
Antes de citar cualquiera de estas normas, comprueba en el diario oficial si se ha modificado o sustituido.
La norma de currículo de cada comunidad está en la tabla común de normativa autonómica.
9. Bibliografía (APA 7)
Normativa
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado, 106, de 4 de mayo de 2006. Texto consolidado (última actualización publicada el 8 de junio de 2024). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899
- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado, 340, de 30 de diciembre de 2020. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-17264
- Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria. Boletín Oficial del Estado, 52, de 2 de marzo de 2022. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-3296
- Orden EFP/678/2022, de 15 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Boletín Oficial del Estado, 174, de 21 de julio de 2022. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-12066 (solo como ejemplo de desarrollo; aplicable en Ceuta y Melilla).
- Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, por la que se aprueba el temario que ha de regir en el procedimiento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, para la especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros. Boletín Oficial del Estado, 64, de 15 de marzo de 2007. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-5478
- Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado, 32, de 7 de febrero de 2012. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-1825
- Decreto de currículo de Educación Primaria de tu comunidad autónoma y, si existe, su norma de evaluación (ver apartado 8).
Solo para la comparación histórica (no vigentes): redacción original de la LOE (BOE n.º 106, de 4 de mayo de 2006, https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-7899); Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-12886); Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-21409); Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-18812).
Obras clásicas
- Bloom, B. S., Hastings, J. T. y Madaus, G. F. (1971). Handbook on formative and summative evaluation of student learning. McGraw-Hill. Trad. cast.: Evaluación del aprendizaje. Troquel, 1975 (publicada en varios tomos).
- Glaser, R. (1963). Instructional technology and the measurement of learning outcomes: Some questions. American Psychologist, 18(8), 519-521. https://doi.org/10.1037/h0049294
- Scriven, M. (1967). The methodology of evaluation. En R. W. Tyler, R. M. Gagné y M. Scriven, Perspectives of curriculum evaluation (AERA Monograph Series on Curriculum Evaluation, n.º 1, pp. 39-83). Rand McNally.
- Stufflebeam, D. L. y Shinkfield, A. J. (1985). Systematic evaluation: A self-instructional guide to theory and practice. Kluwer-Nijhoff. https://doi.org/10.1007/978-94-009-5656-8. Trad. cast.: Evaluación sistemática. Guía teórica y práctica. Paidós, 1987.
- Tyler, R. W. (1949). Basic principles of curriculum and instruction. University of Chicago Press. Trad. cast.: Principios básicos del currículo. Troquel, 1973.
Autores de referencia en castellano
- Álvarez Méndez, J. M. (2001). Evaluar para conocer, examinar para excluir. Morata.
- Casanova, M. A. (1995). Manual de evaluación educativa. La Muralla.
- López Pastor, V. M. y Pérez Pueyo, Á. (Coords.). (2017). Evaluación formativa y compartida en educación: experiencias de éxito en todas las etapas educativas. Universidad de León. (Acceso abierto en Dialnet: https://dialnet.unirioja.es/servlet/libro?codigo=686946).
- Sanmartí, N. (2007). 10 ideas clave. Evaluar para aprender. Graó.
- Santos Guerra, M. Á. (1993). La evaluación: un proceso de diálogo, comprensión y mejora. Aljibe.
Investigación sobre evaluación formativa, retroalimentación y repetición
- Andrade, H. L. (2019). A critical review of research on student self-assessment. Frontiers in Education, 4, Artículo 87. https://doi.org/10.3389/feduc.2019.00087
- Black, P. y Wiliam, D. (1998). Assessment and classroom learning. Assessment in Education: Principles, Policy & Practice, 5(1), 7-74. https://doi.org/10.1080/0969595980050102
- Black, P. y Wiliam, D. (1998). Inside the black box: Raising standards through classroom assessment. Phi Delta Kappan, 80(2), 139-148. (Sin DOI en el original).
- Black, P. y Wiliam, D. (2009). Developing the theory of formative assessment. Educational Assessment, Evaluation and Accountability, 21(1), 5-31. https://doi.org/10.1007/s11092-008-9068-5
- Brookhart, S. M. (2013). How to create and use rubrics for formative assessment and grading. ASCD.
- Butler, R. (1988). Enhancing and undermining intrinsic motivation: The effects of task-involving and ego-involving evaluation on interest and performance. British Journal of Educational Psychology, 58(1), 1-14. https://doi.org/10.1111/j.2044-8279.1988.tb00874.x
- Earl, L. M. (2003). Assessment as learning: Using classroom assessment to maximize student learning. Corwin Press.
- Hattie, J. y Timperley, H. (2007). The power of feedback. Review of Educational Research, 77(1), 81-112. https://doi.org/10.3102/003465430298487
- Jimerson, S. R. (2001). Meta-analysis of grade retention research: Implications for practice in the 21st century. School Psychology Review, 30(3), 420-437. https://doi.org/10.1080/02796015.2001.12086124
- Leahy, S. y Wiliam, D. (2015). Embedding formative assessment: Practical techniques for K-12 classrooms. Learning Sciences International. Trad. cast.: Integrar la evaluación formativa en la enseñanza. Graó, 2024.
- Pashler, H., McDaniel, M., Rohrer, D. y Bjork, R. (2008). Learning styles: Concepts and evidence. Psychological Science in the Public Interest, 9(3), 105-119. https://doi.org/10.1111/j.1539-6053.2009.01038.x
- Panadero, E. (2017). A review of self-regulated learning: Six models and four directions for research. Frontiers in Psychology, 8, Artículo 422. https://doi.org/10.3389/fpsyg.2017.00422
- Panadero, E. y Jonsson, A. (2013). The use of scoring rubrics for formative assessment purposes revisited: A review. Educational Research Review, 9, 129-144. https://doi.org/10.1016/j.edurev.2013.01.002
- Sadler, D. R. (1989). Formative assessment and the design of instructional systems. Instructional Science, 18(2), 119-144. https://doi.org/10.1007/BF00117714
- Topping, K. J. (2009). Peer assessment. Theory Into Practice, 48(1), 20-27. https://doi.org/10.1080/00405840802577569
- Wiliam, D. (2011). Embedded formative assessment. Solution Tree Press. (2.ª ed., 2017).
Webgrafía
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Legislación consolidada. https://www.boe.es
- Assessment Reform Group. (2002). Assessment for learning: Research-based principles to guide classroom practice. Copia archivada: http://web.archive.org/web/20110811120507/http://www.assessment-reform-group.org/CIE3.PDF
- CAST. Pautas del Diseño Universal para el Aprendizaje. https://udlguidelines.cast.org
- Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE). PIRLS 2021 y TIMSS 2023, estudios internacionales aplicados en España al alumnado de 4.º de Primaria. https://inee.educacion.es/2023/05/16/avance-de-resultados-nacionales-pirls-2021/ · https://www.educacionfpydeportes.gob.es/inee/evaluaciones-internacionales/timss/timss-2023.html
10. Fuentes verificadas
Comprobaciones realizadas en octubre de 2026. «Verificado» significa que el dato se ha contrastado en la fuente indicada. Las citas literales de la LOE vigente, el Real Decreto 157/2022, la Orden ECD/191/2012 y el temario se han comprobado por búsqueda de texto en los archivos locales indicados; las de la redacción original de la LOE, la LOMCE y la Orden EFP/678/2022, en el texto del BOE descargado ese día.
Temario y su vigencia
| Dato | Dónde se comprobó |
|---|---|
| Título literal del tema 5 | texto oficial en el BOE (anexo, tema 5) |
| Orden ECD/191/2012, art. 1.b) | texto oficial en el BOE |
| Ausencia de temario nuevo y reforma en negociación | Comprobación recogida en (guía del tema 1) |
Normativa estatal
| Norma y artículos usados | Dónde se comprobó |
|---|---|
| LOE vigente: arts. 20 (apartados 1 a 5), 20 bis, 21, 91.1.b) y h), 143.2, 144.1 y 144.3; supresión de la evaluación final de etapa por el Real Decreto-ley 31/2020 | texto oficial en el BOE |
| LOE, redacción original de 2006: art. 20.1 («La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado…»), art. 20.4 («plan específico de refuerzo o recuperación») y art. 21 (diagnóstico al final del segundo ciclo) | https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-7899 (texto original) |
| LOMCE (Ley Orgánica 8/2013), apartados doce y trece de su artículo único: arts. 20 y 21 de la LOE en esa redacción (promoción por curso, evaluaciones de 3.º y 6.º, «plan específico de refuerzo o recuperación») | https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-12886 |
| Real Decreto 157/2022: arts. 2.d), 5.4, 10.1, 11.1, 14 (1 a 6), 15 (1 a 5), 16 (1, 4, 5 y 6), 17.3, 22, 23, 24, 25.1, 26.2, 28.3 y 30; disposición transitoria primera.2 (estándares solo orientativos en 2022-2023); disposición derogatoria única.2 (capítulo II del Real Decreto 984/2021) | texto oficial en el BOE |
| Real Decreto 157/2022, anexo I: texto sobre los descriptores operativos y descriptor CPSAA5 | texto oficial en el BOE (anexo I) |
| Real Decreto 157/2022, anexo II: Matemáticas (vinculación entre criterios y saberes; criterio 2.3 del tercer ciclo; criterios 6.2 y 7.2 del segundo ciclo; criterio 7.2 en los tres ciclos); Lengua Castellana y Literatura (introducción del área; criterio de la competencia específica 5 del segundo ciclo); Lengua Extranjera (criterio 5.3 del tercer ciclo); Educación Física (criterio 3.2 del primer ciclo); Educación en Valores Cívicos y Éticos (introducción del área) | texto oficial en el BOE (anexo II) |
| Real Decreto 157/2022, anexo III («concretan y evalúan las experiencias de aprendizaje del alumnado») | texto oficial en el BOE (anexo III) |
| Real Decreto 1513/2006 (enseñanzas mínimas de Primaria de la LOE de 2006), solo para la tabla 5.1 | https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-21409 |
| Real Decreto 984/2021: derogado por la disposición derogatoria única.3 del Real Decreto 243/2022, con efectos de 7 de abril de 2022; su capítulo II era el de Educación Primaria | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-18812 |
| Orden EFP/678/2022 (Ceuta y Melilla): arts. 16.2, 20 a 23, 28, 29 y 34; anexo II (orientaciones para la evaluación de Educación Artística y de Educación Física) | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-12066 |
| Contraste con la normativa estatal auditada de Opositor AI | revisión interna de normativa de Opositor AI |
Normativa autonómica de evaluación
Obras y artículos
Normativa autonómica: el currículo de Primaria de cada comunidad
Tu tema debe citar el decreto (u orden) de currículo de Educación Primaria de tu comunidad autónoma, que desarrolla el Real Decreto 157/2022. Lo recomendable es citarlo en tres sitios: en la introducción (marco normativo), en las implicaciones (por ejemplo, cómo concreta tu comunidad la atención a las diferencias individuales o las situaciones de aprendizaje) y en la bibliografía. Si tu comunidad tiene además normativa propia de inclusión o de convivencia, menciónala en el apartado de atención a la diversidad.
Normas de currículo de Educación Primaria por comunidad autónoma (comprobadas en el diario oficial correspondiente el 2 de octubre de 2026; revísalas antes de tu examen, porque cambian con frecuencia):
| Comunidad | Norma vigente (número, fecha y título orientativo) | Diario oficial | Cambios posteriores que debes conocer | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Andalucía | Decreto 101/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Primaria | BOJA n.º 90, de 15 de mayo de 2023 | No se han encontrado. Se desarrolla por la Orden de 30 de mayo de 2023. | Verificado |
| Aragón | Orden ECD/1112/2022, de 18 de julio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Primaria (en Aragón es una orden, no un decreto) | BOA n.º 145, de 27 de julio de 2022 | Modificada por la Orden ECD/866/2024, de 25 de julio (BOA n.º 153, de 7 de agosto de 2024). | Verificado |
| Asturias | Decreto 57/2022, de 5 de agosto, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Primaria | BOPA n.º 156, de 12 de agosto de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Illes Balears | Decret 41/2025, d’1 d’agost, d’ordenació i currículum de l’educació primària | BOIB n.º 103, de 4 de agosto de 2025 | Sustituye al Decret 31/2022. Aplicable a todos los cursos desde 2025-2026. Si tu temario cita el 31/2022, está desactualizado. | Verificado |
| Canarias | Decreto 211/2022, de 10 de noviembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria | BOC n.º 231, de 23 de noviembre de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Cantabria | Decreto 66/2022, de 7 de julio, por el que se establece el currículo de la Educación Infantil y de la Educación Primaria | BOC n.º 135, de 13 de julio de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Castilla-La Mancha | Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Educación Primaria | DOCM n.º 134, de 14 de julio de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Castilla y León | Decreto 38/2022, de 29 de septiembre, por el que se establece la ordenación y el currículo de la educación primaria | BOCYL n.º 190, de 30 de septiembre de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Cataluña | Decret 175/2022, de 27 de setembre, d’ordenació dels ensenyaments de l’educació bàsica (regula Primaria, ESO y FP de grado básico) | DOGC n.º 8762, de 29 de septiembre de 2022 | Modificado por el Decret 480/2024, de 17 de desembre (DOGC n.º 9314, de 19 de diciembre de 2024). Una sentencia del TSJ de Cataluña, publicada por la Resolució EDF/3921/2025, anuló algunos preceptos. Cita el texto consolidado. | Verificado |
| Comunitat Valenciana | Decreto 106/2022, de 5 de agosto, del Consell, de ordenación y currículo de la etapa de Educación Primaria | DOGV n.º 9402, de 10 de agosto de 2022 | Modificado por el Decreto 96/2026, de 19 de junio (DOGV n.º 10391, de 25 de junio de 2026), aplicable desde el curso 2026-2027 (suprime los proyectos interdisciplinarios, cambia horarios y regula los dispositivos digitales). | Verificado |
| Extremadura | Decreto 107/2022, de 28 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria | DOE n.º 151, de 5 de agosto de 2022 | Modificado por el Decreto 241/2023, de 12 de septiembre (DOE n.º 180, de 19 de septiembre de 2023). | Verificado |
| Galicia | Decreto 155/2022, de 15 de septiembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la educación primaria | DOG n.º 183, de 26 de septiembre de 2022 | No se han encontrado. Se desarrolla por la Orden de 26 de mayo de 2023. | Verificado |
| Comunidad de Madrid | Decreto 61/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Primaria | BOCM n.º 169, de 18 de julio de 2022 | Modificado por el Decreto 59/2024, de 12 de junio (BOCM n.º 140, de 13 de junio de 2024). | Verificado |
| Región de Murcia | Decreto n.º 209/2022, de 17 de noviembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria | BORM n.º 267, de 18 de noviembre de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Navarra | Decreto Foral 67/2022, de 22 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas de la etapa de Educación Primaria | BON n.º 130, de 1 de julio de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| País Vasco | Decreto 77/2023, de 30 de mayo, de establecimiento del currículo de Educación Básica e implantación en la Comunidad Autónoma del País Vasco | BOPV n.º 109, de 9 de junio de 2023 | No se han encontrado. | Verificado |
| La Rioja | Decreto 41/2022, de 13 de julio, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria | BOR n.º 135, de 15 de julio de 2022 | Sin modificaciones según el repertorio oficial de normativa de La Rioja. | Verificado |
| Ceuta y Melilla (Ministerio) | Orden EFP/678/2022, de 15 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional | BOE n.º 174, de 21 de julio de 2022 | Corrección de errores (BOE n.º 176, de 23 de julio de 2022) y modificación de sus disposiciones transitorias por la Orden EFP/754/2022. | Verificado |
Hemos verificado el número, la fecha y el diario de cada norma; los títulos son orientativos y pueden no coincidir palabra por palabra con el oficial. Cuando cites la norma en tu tema, copia el título literal del diario oficial (los enlaces están al final de este bloque).
Dónde lo hemos comprobado
El tema en vídeo
Al pulsar se carga el reproductor de YouTube. Verlo en YouTube
¿Ya lo has escrito?
Hazle fotos y súbelo: te devolvemos la nota y los fallos concretos en minutos. La primera corrección es gratis.
Corregir mi tema gratis