Tema 3 de Primaria: la tutoría y la colaboración con las familias
Cómo preparar el tema 3 de las oposiciones de Primaria: funciones del tutor, plan de acción tutorial, familias, normativa vigente con su artículo y propuestas concretas por ciclo.
Lo que ha cambiado desde tu temario · 4 puntos
El temario es de 2007. Si estudias con uno antiguo, revisa esto antes de escribir el tema.
- El tutor ya no decide la promoción. Lo decía el reglamento orgánico de 1996; hoy la decide el equipo docente de forma colegiada, tomando especialmente en consideración el criterio del tutor (Real Decreto 157/2022, art. 15.1, frente al Real Decreto 82/1996, art. 46.1.b).
- Entre los «otros profesionales» falta uno en tu temario: el coordinador o coordinadora de bienestar y protección, obligatorio en todos los centros desde 2021. Y el profesorado debe comunicar los indicios de violencia (Ley Orgánica 8/2021, LOPIVI, arts. 16 y 35).
- Las familias tienen un deber nuevo: desde la LOMLOE deben informar al centro de las dificultades de aprendizaje o socialización de sus hijos. No copies el art. 4 de la LODE desde la LOE: es la redacción de 2006 (LODE, art. 4.2.b, texto consolidado).
- El plan de acción tutorial ya no va en el «proyecto curricular de etapa», un documento de la LOGSE: hoy el proyecto educativo recoge las medidas relativas a la acción tutorial y cada comunidad le da nombre y lugar (LOE, art. 121.2).
Material de consulta elaborado por el equipo de Opositor AI. Normativa comprobada en el BOE en octubre de 2026. No es un tema para memorizar: es la base para que construyas el tuyo con tu propia redacción.
1. Título oficial y orden que lo aprueba
Tema 3. La tutoría en la Educación primaria. Apoyo y orientación en el proceso de aprendizaje. Colaboración con las familias. Funciones del tutor en relación con el equipo docente y otros profesionales. El plan de acción tutorial. Propuestas de acción tutorial.
- Norma que aprueba el temario: Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, por la que se aprueba el temario que ha de regir en el procedimiento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, para la especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros, regulada por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE n.º 64, de 15 de marzo de 2007).
- Por qué sigue vigente: la Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, declara aplicable a Primaria, en su artículo 1.b), «el temario establecido por la Orden ECI/592/2007».
- ¿Hay temario nuevo? No, en octubre de 2026. El Ministerio negocia con los sindicatos una reforma del acceso a la función docente que incluye renovar los temarios, pero no hay ninguna orden nueva publicada en el BOE para el Cuerpo de Maestros. Revisa el título antes de cada convocatoria.
2. Qué pide realmente el enunciado
El título tiene seis partes. Es uno de los enunciados más largos del temario y el tribunal comprobará que no te dejas ninguna:
| Parte del enunciado | Qué tienes que demostrar | Peso orientativo |
|---|---|---|
| «La tutoría en la Educación primaria» | Qué son la orientación, la acción tutorial y la tutoría; sus principios; el marco normativo vigente; cómo se organiza la orientación en niveles (aula, centro, servicios especializados). | 15 % |
| «Apoyo y orientación en el proceso de aprendizaje» | Cómo acompaña el tutor el aprendizaje: evaluación inicial y continua, detección temprana de dificultades, medidas de refuerzo, enseñar a aprender, transiciones entre etapas y primeros pasos de orientación académica y profesional. | 15-20 % |
| «Colaboración con las familias» | Derechos y deberes de las familias, cauces de comunicación (reuniones, entrevistas, informes, plataformas), compromisos educativos y participación. | 15-20 % |
| «Funciones del tutor en relación con el equipo docente y otros profesionales» | La coordinación del equipo docente (evaluación, promoción, informes) y la colaboración con orientación, especialistas de apoyo, coordinador de bienestar, servicios sociales y sanitarios. | 15-20 % |
| «El plan de acción tutorial» | Qué es, dónde se integra (proyecto educativo), quién lo elabora y aprueba, qué apartados tiene y cómo se evalúa. | 15 % |
| «Propuestas de acción tutorial» | Actividades concretas, por ciclos y con las familias, coherentes con todo lo anterior. | 15-20 % |
Introducción y conclusión: en torno a un 10 % en conjunto. Los pesos son una recomendación nuestra para equilibrar el tema, no un criterio oficial de ningún tribunal.
Matices que marcan la diferencia:
- «En la Educación primaria»: no escribas un tema genérico de orientación válido para Secundaria. Los ciclos, la figura del maestro tutor que imparte varias áreas a su grupo y la relación diaria con las familias son propios de esta etapa.
- «Apoyo y orientación»: son dos verbos distintos. Apoyar es intervenir cuando aparece la dificultad (refuerzo, adaptación); orientar es ayudar al alumno a conocerse, a aprender a aprender y a tomar decisiones. Trata los dos.
- «Otros profesionales»: no son solo el orientador. Incluye a los maestros de Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje, al coordinador o coordinadora de bienestar y protección (una figura de 2021 que muchos temas no recogen), a los servicios sociales y sanitarios y a otros profesionales que tu comunidad asigne al centro.
- «El plan de acción tutorial»: el temario de 2007 lo nombra como un documento propio. Hoy la ley pide que el proyecto educativo recoja «medidas relativas a la acción tutorial» (LOE, art. 121.2), y cada comunidad le da un nombre y un lugar (en Andalucía, por ejemplo, «plan de orientación y acción tutorial»). Explícalo con la normativa de tu comunidad.
- «Propuestas»: el título pide propuestas, en plural, y es la parte que más diferencia un tema bueno de uno de manual. Cada propuesta necesita curso, objetivo, actividad y responsable.
3. Índice recomendado
- Introducción
- La tutoría en la Educación Primaria
- 2.1. Orientación, acción tutorial y tutoría: conceptos y principios
- 2.2. Marco normativo vigente
- 2.3. Organización de la orientación: tutor, centro y servicios especializados
- Apoyo y orientación en el proceso de aprendizaje
- Colaboración con las familias
- Funciones del tutor en relación con el equipo docente y otros profesionales
- 5.1. Con el equipo docente
- 5.2. Con otros profesionales
- El plan de acción tutorial
- Propuestas de acción tutorial
- 7.1. Con el alumnado, por ciclos
- 7.2. Con las familias
- 7.3. Con el equipo docente
- Conclusión
- Bibliografía y referencias normativas
Variante válida: fundir los apartados 6 y 7 («El plan de acción tutorial y propuestas para cada ciclo»), presentando las propuestas como el desarrollo de los ámbitos del plan. Ahorra repeticiones, pero debes dejar claro en los epígrafes que tratas las dos partes del título.
4. Desarrollo de cada epígrafe
4.1. Introducción
Ideas clave
- La tutoría no es una tarea añadida: forma parte de la función docente. Todo maestro es, en alguna medida, orientador; el tutor lo es de forma específica y coordinada.
- En Primaria el tutor pasa con su grupo buena parte del horario y es la persona de referencia para el alumnado, las familias y el resto del profesorado. Esa posición le convierte en coordinador natural de la respuesta educativa.
- Enlaza con el principio de educación integral: no solo se enseñan áreas, se acompaña el desarrollo personal, social y académico.
Normativa que puedes citar (verificada en el BOE)
- LOE, art. 1.f): entre los principios del sistema, «la orientación educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores».
- LOE, art. 2.2: la orientación educativa y profesional figura entre los factores que favorecen la calidad de la enseñanza.
- LOE, art. 91.1.c): es función del profesorado «la tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias». Esta letra contiene casi todo el título del tema: úsala como hilo conductor.
- Real Decreto 82/1996, art. 45.1: «La tutoría y orientación de los alumnos formará parte de la función docente» (sobre el alcance actual de este reglamento, ver 4.2).
Aplicación al aula para abrir con fuerza
Arranca con una escena: primer día de septiembre en 1.º. Un alumno llora en la fila, una madre pregunta a quién debe avisar de una alergia, la maestra de Inglés quiere saber si hay algún alumno con dificultades de audición y el equipo de orientación ha enviado el informe de un niño que se incorpora. Todo eso llega a la misma persona: el tutor. El tema explica qué hace con cada demanda y con qué respaldo normativo.
4.2. La tutoría en la Educación Primaria
Ideas clave
- Orientación: proceso continuo de ayuda dirigido a todo el alumnado (no solo a quien tiene dificultades), en todos los aspectos de su desarrollo, con finalidad preventiva y de desarrollo.
- Acción tutorial: la parte de la orientación que desarrolla el profesorado, y especialmente el tutor, con su grupo, con cada alumno, con las familias y con el equipo docente. Es responsabilidad compartida de todo el equipo docente, coordinada por el tutor.
- Tutoría: la figura (el maestro tutor de cada grupo) y el espacio en que se concreta la acción tutorial.
- Principios clásicos de la orientación: prevención (anticiparse a las dificultades), desarrollo (potenciar el máximo desarrollo de cada alumno) e intervención social (actuar también sobre el contexto: grupo, centro, familia, entorno).
- Dimensiones de la tutoría: individual (seguimiento personal de cada alumno), grupal (cohesión, convivencia, normas, enseñar a aprender) y con las familias y el equipo docente.
- Organización en niveles: el tutor y el equipo docente actúan en el aula; el centro coordina (jefatura de estudios, equipos de ciclo, comisión de coordinación pedagógica u órgano equivalente); los servicios especializados de orientación asesoran e intervienen. La estructura concreta (equipos de orientación de sector, orientador en plantilla del centro, unidades de orientación) la fija cada comunidad.
Autores y cómo citarlos
| Autor | Aportación concreta | Cómo citarlo en el tema |
|---|---|---|
| Rafael Bisquerra | Orientación psicopedagógica como proceso continuo de ayuda a todas las personas, en todos sus aspectos, con finalidad de prevención y desarrollo; modelos de orientación (clínico, de programas, de consulta). | «Bisquerra (1998) entiende la orientación como un proceso continuo de ayuda a todas las personas, con una finalidad preventiva y de desarrollo». Parafrasea: hay varias versiones de su definición en circulación. |
| Sebastián Rodríguez Espinar (coord.) | Manual de referencia sobre teoría y práctica de la orientación educativa en España. | (Rodríguez Espinar, 1993), como lectura de fondo. |
| Jacques Delors (Comisión de la UNESCO) | Cuatro pilares de la educación: aprender a conocer, a hacer, a vivir juntos y a ser. Útiles para organizar los ámbitos del plan de acción tutorial. | (Delors et al., 1996) |
Nota de rigor: los principios de prevención, desarrollo e intervención social aparecen en todos los manuales españoles de orientación, pero se atribuyen a autores distintos según la fuente. Preséntalos como «principios clásicos de la orientación» sin colgárselos a un autor concreto, salvo que hayas comprobado la obra.
Normativa vigente
- LOE, art. 18.6 y Real Decreto 157/2022, art. 13.1 (con casi la misma redacción): «la orientación y la acción tutorial acompañarán el proceso educativo individual y colectivo del alumnado».
- Real Decreto 157/2022, art. 6.6: «se prestará especial atención a la orientación educativa, la acción tutorial y la educación emocional y en valores».
- Real Decreto 157/2022, art. 13.2: «Desde la tutoría se coordinará la intervención educativa del conjunto del profesorado y se mantendrá una relación permanente con las madres, los padres, las tutoras o los tutores legales». Es el artículo central del tema.
- LOE, art. 91.2: el profesorado realiza sus funciones «bajo el principio de colaboración y trabajo en equipo».
- LOE, art. 129.c): el Claustro tiene la competencia de «Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos».
- LOE, art. 105.2.a): las Administraciones favorecerán «el reconocimiento de la función tutorial, mediante los oportunos incentivos profesionales y económicos».
- LOE, art. 157.1.h): las Administraciones deben proveer «servicios o profesionales especializados en la orientación educativa, psicopedagógica y profesional».
- Real Decreto 82/1996, de 26 de enero (Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria): art. 38.3, «habrá un maestro tutor por cada grupo de alumnos»; art. 45.2, el tutor es designado por el director a propuesta del jefe de estudios; art. 46, funciones del tutor. Cuidado con su alcance: su artículo único lo aplica a los centros del ámbito de gestión del Ministerio (hoy, Ceuta y Melilla) y su disposición adicional primera le da carácter supletorio en las comunidades «en tanto no dispongan de normativa propia». Casi todas tienen ya su propio reglamento orgánico o su normativa de organización y funcionamiento: cita primero la de tu comunidad.
Aplicación al aula
En 3.º, el tutor dedica la sesión semanal de tutoría a una asamblea de clase con orden del día (lo que ha ido bien, lo que hay que mejorar, propuestas). Las propuestas se recogen en un cuaderno de actas que lleva por turnos un secretario del grupo. Es acción tutorial grupal (convivencia, participación) y, a la vez, fuente de información para el seguimiento individual.
4.3. Apoyo y orientación en el proceso de aprendizaje
Ideas clave
- Conocer al alumno: evaluación inicial, revisión del expediente y de los informes de ciclo anteriores, entrevista con la familia, observación sistemática. Sin ese conocimiento no hay orientación personalizada.
- Detección temprana y respuesta inmediata: ante una dificultad, medidas ordinarias primero (apoyo en el aula, agrupamientos flexibles, cambios metodológicos) y, si no bastan, petición de asesoramiento o evaluación psicopedagógica a orientación, siguiendo el procedimiento de tu comunidad.
- Enseñar a aprender: planificación del trabajo, uso de la agenda, técnicas de estudio adaptadas a la edad, autoevaluación y metacognición. En Primaria se enseñan dentro de las áreas, no como asignatura aparte.
- Retroalimentación: el feedback eficaz responde a tres preguntas (adónde voy, cómo voy, qué hago después) y es más útil cuando se centra en la tarea, el proceso y la autorregulación que cuando se dirige a la persona («qué listo eres»).
- Transiciones: de Infantil a Primaria (informe del tutor de Infantil, periodo de acogida) y de Primaria a Secundaria (informe final de etapa, coordinación con el instituto).
- Orientación académica y profesional desde el tercer ciclo: descubrir estudios y profesiones y generar intereses libres de estereotipos sexistas. No se trata de elegir carrera a los 11 años, sino de ampliar horizontes.
Autores y cómo citarlos
| Autor | Aportación | Cita sugerida |
|---|---|---|
| Hattie y Timperley | Modelo de retroalimentación: tres preguntas y cuatro niveles (tarea, proceso, autorregulación y persona). | (Hattie y Timperley, 2007) |
| John H. Flavell | Metacognición: conocer y regular los propios procesos de aprendizaje. | (Flavell, 1979) |
| David P. Ausubel | Aprendizaje significativo: partir de lo que el alumno ya sabe. | (Ausubel, 1968) |
Normativa
- LOE, art. 19.1 y Real Decreto 157/2022, art. 6.1: prevención de las dificultades y medidas de refuerzo «tan pronto como se detecten cualquiera de estas situaciones».
- Real Decreto 157/2022, art. 14.2: cuando el progreso no sea el adecuado se establecerán medidas de refuerzo, que «deberán adoptarse tan pronto como se detecten las dificultades».
- Real Decreto 157/2022, art. 16.5: los mecanismos de apoyo y refuerzo «serán tanto organizativos como curriculares y metodológicos. Entre ellos podrán considerarse el apoyo en el grupo ordinario, los agrupamientos flexibles o las adaptaciones del currículo».
- Real Decreto 157/2022, art. 15.4 (y LOE, art. 20.3): al final de cada ciclo, el tutor emite un informe sobre el grado de adquisición de las competencias clave de cada alumno, «indicando en su caso las medidas de refuerzo que se deben contemplar en el ciclo o etapa siguiente».
- Real Decreto 157/2022, art. 15.5 (y LOE, art. 20.4): informe final de etapa para garantizar la continuidad.
- LOE, art. 14.8: al terminar Infantil, «el tutor o tutora emitirá un informe sobre el desarrollo y necesidades de cada alumno o alumna».
- Real Decreto 157/2022, art. 21.7: los centros establecerán mecanismos para favorecer la coordinación entre etapas.
- Real Decreto 157/2022, art. 13.3: en el tercer ciclo, desde la tutoría se coordinará la orientación educativa, académica y profesional, que incluirá «el progresivo descubrimiento de estudios y profesiones, así como la generación de intereses vocacionales libres de estereotipos sexistas».
- Real Decreto 157/2022, anexo I, descriptor CPSAA5 al completar la Primaria: «Planea objetivos a corto plazo, utiliza estrategias de aprendizaje autorregulado y participa en procesos de auto y coevaluación, reconociendo sus limitaciones y sabiendo buscar ayuda en el proceso de construcción del conocimiento». Y CE2: «Identifica fortalezas y debilidades propias utilizando estrategias de autoconocimiento».
Aplicación al aula (4.º de Primaria, Matemáticas y tutoría)
«Mi semáforo de aprendizaje»: al terminar cada situación de aprendizaje, cada alumno marca en una ficha qué criterios domina (verde), cuáles está consiguiendo (ámbar) y en cuáles necesita ayuda (rojo), y escribe un objetivo para la semana siguiente («repasar las divisiones con dos cifras con la tabla de apoyo»). El tutor revisa las fichas, organiza un grupo de refuerzo dentro del aula para los rojos más repetidos y anota en el registro de seguimiento a quién hay que vigilar. Es evaluación formativa, autorregulación (CPSAA5) y detección temprana a la vez.
4.4. Colaboración con las familias
Ideas clave
- Fundamento: la familia es el primer responsable de la educación de sus hijos, y familia y escuela son dos microsistemas cuya relación (el mesosistema) influye en el desarrollo del niño.
- Derechos y deberes recíprocos: las familias tienen derecho a ser informadas y a participar, y el deber de colaborar (incluido, desde 2021, el de informar al centro de las dificultades de aprendizaje o socialización de sus hijos).
- Tipos de implicación (Epstein): crianza y apoyo en casa, comunicación escuela-familia, voluntariado, aprendizaje en casa, participación en la toma de decisiones y colaboración con la comunidad. Sirve para ordenar las propuestas.
- Cauces: reunión general de principio de curso; entrevistas individuales (al menos una por curso con cada familia, y siempre que haya un cambio relevante); informes de evaluación; agenda escolar y plataformas digitales; compromisos educativos; participación en actividades de aula y en el Consejo Escolar y las asociaciones de familias.
- La entrevista con la familia: prepararla (datos, ejemplos concretos, trabajos del alumno), empezar por lo positivo, escuchar, describir conductas en vez de etiquetar, acordar medidas concretas y su seguimiento y dejar registro escrito.
- Diversidad de familias: horarios incompatibles, barreras de idioma, familias separadas, situaciones de vulnerabilidad. Ofrecer horarios alternativos, intérpretes o mediadores cuando la Administración los facilite y un lenguaje sin tecnicismos.
- Confidencialidad: los datos del alumnado y de su familia se tratan solo con fines educativos y quien los conoce está obligado al sigilo.
Autores
| Autor | Aportación | Cita sugerida |
|---|---|---|
| Joyce L. Epstein | Modelo de seis tipos de implicación de las familias y de las alianzas escuela-familia-comunidad. | (Epstein, 1995) |
| Urie Bronfenbrenner | Modelo ecológico: la relación familia-escuela como mesosistema. | (Bronfenbrenner, 1979) |
| Henderson y Mapp | Revisión de la investigación que relaciona la implicación de las familias con mejores resultados del alumnado. | (Henderson y Mapp, 2002). No des cifras de efecto: cita la conclusión general. |
| Ramón Flecha y el proyecto INCLUD-ED | Actuaciones educativas de éxito, entre ellas la formación de familiares y la participación educativa de la comunidad (comunidades de aprendizaje). | (Flecha, 2015) |
Normativa
- LOE, art. 1.h bis): «El reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos».
- LOE, art. 91.1.h): es función del profesorado «la información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo».
- Ley Orgánica 8/1985 (LODE), art. 4, en la redacción vigente dada por la LOMLOE: derecho de las familias «a estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos e hijas» [4.1.d)], «a participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos e hijas» [4.1.e)] y «a ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos e hijas» [4.1.g)]. Entre sus deberes, proporcionar los recursos y condiciones para el progreso escolar y, desde la LOMLOE, «deberán informar de las dificultades que puedan tener sus hijos o hijas en sus procesos de aprendizaje o socialización» [4.2.b)]. Ojo: no copies el art. 4 de la LODE desde la disposición final primera de la LOE: esa es la redacción de 2006, que la LOMLOE volvió a modificar. Cita el texto consolidado de la LODE.
- Real Decreto 157/2022, art. 13.2: la relación permanente con las familias se mantiene «a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 4.1.d) y g)» de la LODE.
- Real Decreto 157/2022, art. 24: las familias «deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos, hijas, tutelados o tuteladas, colaborando en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros», y tienen derecho a conocer las decisiones sobre evaluación y promoción y a acceder a los documentos oficiales de evaluación.
- LOE, art. 121.5 y Real Decreto 157/2022, art. 21.5: compromisos educativos entre el centro y las familias.
- LOE, disposición adicional vigesimotercera: la información del alumnado «será la estrictamente necesaria para la función docente y orientadora» (apartado 2) y el profesorado que acceda a datos personales y familiares «quedará sujeto al deber de sigilo» (apartado 3).
Aplicación al aula (1.º de Primaria, inicio de curso)
Reunión general en septiembre con una estructura cerrada: presentación del equipo docente del grupo, horario y áreas, cómo se evalúa, normas de clase, cómo comunicarse con el tutor (horario de atención, plataforma, agenda) y tres pautas concretas para casa (lectura compartida diaria de diez minutos, rutina de sueño, preparar la mochila con el niño). Se entrega un cuestionario breve para conocer a la familia y se calendarizan las entrevistas individuales del primer trimestre, empezando por los alumnos que vienen con informe de Infantil.
4.5. Funciones del tutor en relación con el equipo docente y otros profesionales
Ideas clave
- Con el equipo docente (todos los maestros que dan clase al grupo, incluidos los especialistas de Inglés, Educación Física, Música, Religión, etc.):
- coordina la intervención educativa y la coherencia de criterios (normas, deberes, metodología, medidas de refuerzo);
- coordina la evaluación: reúne la información, preside o dinamiza las sesiones de evaluación y recoge los acuerdos;
- aporta su información y criterio en las decisiones de promoción, que hoy son colegiadas;
- redacta los informes de final de ciclo y firma las actas;
- participa en el equipo de ciclo y traslada a la jefatura de estudios y a la coordinación pedagógica las necesidades del grupo.
- Con otros profesionales:
- Orientación (equipo de orientación educativa y psicopedagógica, orientador del centro o la estructura de tu comunidad): asesoramiento, evaluación psicopedagógica, programas de prevención, apoyo al plan de acción tutorial.
- Maestros de Pedagogía Terapéutica y de Audición y Lenguaje: planificación conjunta de apoyos, preferentemente dentro del aula ordinaria, y seguimiento de los planes individuales.
- Coordinador o coordinadora de bienestar y protección (LOPIVI): referente ante posibles situaciones de violencia; el tutor le comunica indicios y colabora en la aplicación de los protocolos.
- Servicios sociales, sanitarios y otros externos: coordinación en casos de absentismo, desprotección o necesidades de salud, siempre a través de los cauces del centro.
- Cultura colaborativa: la coordinación no se consigue solo con reuniones obligatorias. Hargreaves (1994) distinguió entre culturas de colaboración espontáneas y una «colegialidad artificial» impuesta administrativamente; el tutor eficaz convierte las reuniones en espacios de decisión compartida.
Un cambio normativo que debes conocer
El Real Decreto 82/1996, art. 46.1.b), atribuía al tutor «adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro». Hoy no es así: según el Real Decreto 157/2022, art. 15.1, «el equipo docente adoptará las decisiones relativas a la promoción del alumnado de manera colegiada, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del tutor o la tutora». Muchos temarios comerciales siguen copiando la redacción de 1996: corrígelo.
Normativa
- Real Decreto 157/2022, art. 14.5: «el equipo docente, coordinado por el tutor o la tutora del grupo, valorará, de forma colegiada, el progreso del alumnado en una única sesión de evaluación que tendrá lugar al finalizar el curso escolar».
- Real Decreto 157/2022, art. 15.1 (promoción colegiada, con especial consideración del criterio del tutor) y art. 26.4: las actas de evaluación «serán firmadas por el tutor o la tutora del grupo».
- Real Decreto 82/1996 (Ceuta y Melilla y, con carácter supletorio, donde no haya norma propia): art. 46.1, funciones del tutor, entre ellas participar en el plan de acción tutorial con la colaboración del equipo de orientación educativa y psicopedagógica [a)], atender las dificultades de aprendizaje [c)], facilitar la integración de los alumnos en el grupo [d)], encauzar sus problemas e inquietudes [g)], informar a padres, maestros y alumnos [h)] y «facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos» [i)]. El art. 34.f) encarga al jefe de estudios «coordinar y dirigir la acción de los tutores» conforme al plan de acción tutorial, y el art. 41.b) al coordinador de ciclo «coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del ciclo».
- LOE, art. 72.1: para atender al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, las Administraciones dispondrán «del profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados».
- Real Decreto 157/2022, art. 17.4: la identificación y valoración de las necesidades educativas especiales la realizan «profesionales especialistas», oyendo e informando a las familias.
- LOPIVI (Ley Orgánica 8/2021):
- art. 16.1: el deber de comunicación de situaciones de violencia es «especialmente exigible» a quienes tienen encomendada la enseñanza de menores, incluido expresamente el personal cualificado de los centros escolares; ante indicios, hay que comunicarlo de forma inmediata a los servicios sociales (art. 16.2).
- art. 34.1: las Administraciones educativas regularán protocolos contra el abuso y el maltrato, el acoso escolar, el ciberacoso y otras formas de violencia, que se activan cuando el personal docente detecta indicios.
- art. 35.1: todos los centros con alumnado menor de edad deben tener un coordinador o coordinadora de bienestar y protección; según el art. 35.2.a), entre sus funciones está promover planes de formación y se priorizarán «los planes de formación dirigidos al personal del centro que ejercen de tutores».
Aplicación al aula (5.º de Primaria, sesión de evaluación)
Antes de la primera sesión de evaluación, el tutor envía al equipo docente una plantilla compartida con tres columnas por alumno (progreso, dificultades observadas, propuesta de medida). En la sesión no se leen notas una por una: se revisan los casos con dificultades en varias áreas, se acuerda una medida concreta para cada uno (por ejemplo, apoyo de la maestra de Pedagogía Terapéutica dentro del aula en Lengua dos sesiones semanales) y un responsable de comunicarla a la familia. El tutor redacta el acta de acuerdos y la revisa con el equipo a mitad del trimestre siguiente.
4.6. El plan de acción tutorial
Ideas clave
- Qué es: el documento en el que el centro planifica, de forma coherente para todos los grupos y ciclos, los objetivos, las actuaciones, los responsables, los tiempos y la evaluación de la acción tutorial. Evita que la tutoría dependa solo de la iniciativa de cada maestro.
- Dónde está: dentro del proyecto educativo del centro (LOE, art. 121.2), en coordinación con el plan de convivencia, las medidas de atención a la diversidad, el plan de igualdad y el plan de lectura. Se concreta cada curso en la programación general anual y en la programación de tutoría de cada grupo.
- Quién interviene: el Claustro fija los criterios (LOE, art. 129.c); el órgano de coordinación pedagógica elabora la propuesta con el asesoramiento de orientación; la jefatura de estudios coordina a los tutores; cada tutor lo concreta para su grupo. El reparto exacto de competencias depende de la normativa de tu comunidad.
- Apartados habituales:
- Análisis del contexto y de las necesidades del alumnado.
- Objetivos generales y por ciclos.
- Ámbitos de actuación: con el alumnado (individual y grupal), con las familias, con el equipo docente y con otros profesionales e instituciones.
- Líneas o bloques de contenido: acogida y cohesión del grupo, convivencia y educación emocional, enseñar a aprender, igualdad, salud y bienestar digital, transiciones y orientación académica y profesional.
- Actuaciones por ciclo, con temporalización y responsables.
- Coordinación (reuniones de tutores por ciclo, con orientación, con la jefatura de estudios).
- Recursos.
- Evaluación y mejora del plan.
- Organización por pilares: una forma elegante de ordenar los bloques es seguir los cuatro pilares del informe Delors: aprender a conocer (enseñar a aprender), aprender a hacer (autonomía, hábitos de trabajo), aprender a vivir juntos (convivencia) y aprender a ser (autoconocimiento, emociones, toma de decisiones).
Normativa
- LOE, art. 121.2: el proyecto educativo «recogerá, al menos, la forma de atención a la diversidad del alumnado, medidas relativas a la acción tutorial, los planes de convivencia y de lectura».
- LOE, disposición adicional vigesimoquinta, apartado 2: los centros «incorporarán medidas para desarrollar la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en los respectivos planes de acción tutorial y de convivencia». Es la única mención expresa al «plan de acción tutorial» en la LOE y casi nadie la cita.
- LOE, art. 124.1: el plan de convivencia se incorpora a la programación general anual; enlázalo con el plan de acción tutorial.
- Real Decreto 82/1996, art. 44.c): la comisión de coordinación pedagógica elabora «la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial». Su art. 49.2.f) situaba el plan de acción tutorial en el proyecto curricular de etapa, un documento que ya no existe con ese nombre: hoy hablamos de concreción curricular dentro del proyecto educativo (LOE, art. 121.1; Real Decreto 157/2022, art. 21.4).
- LOPIVI, art. 35.2.h): el coordinador de bienestar y protección coordina con la dirección el plan de convivencia, otro motivo para articularlo con el plan de acción tutorial.
Evaluación del plan: indicadores sencillos y verificables, por ejemplo, porcentaje de familias entrevistadas en el primer trimestre, número de actuaciones previstas que se han realizado por ciclo, valoración del alumnado y de los tutores mediante un cuestionario breve en junio, y propuestas de mejora recogidas en la memoria final. Evita prometer porcentajes de mejora de resultados que no puedas medir.
Aplicación al aula (equipo de tercer ciclo)
Los tutores de 5.º y 6.º acuerdan en septiembre, con la orientadora, el calendario de tutoría del ciclo: primer trimestre, cohesión de grupo y normas; segundo, emociones, redes sociales y prevención del ciberacoso; tercero, autoconocimiento, profesiones y paso al instituto. Cada bloque tiene dos o tres sesiones comunes para todos los grupos del ciclo y un indicador de evaluación. En junio, cada tutor valora en una tabla qué se hizo, qué funcionó y qué cambiaría.
4.7. Propuestas de acción tutorial
Ideas clave
- Cada propuesta debe indicar curso o ciclo, objetivo, actividad, responsable y cómo se evalúa. Mejor cuatro propuestas bien desarrolladas que veinte títulos.
- Combina los tres destinatarios: alumnado, familias y equipo docente.
- Integra la acción tutorial en las áreas siempre que puedas: el currículo de 2022 ofrece saberes muy útiles (gestión emocional, prevención del ciberacoso, igualdad, habilidades sociales).
Propuestas con el alumnado (por ciclos)
| Ciclo | Propuesta | Desarrollo concreto |
|---|---|---|
| Primer ciclo (1.º, curso de acogida) | Acogida y adaptación desde Infantil | Primera semana con rutinas visuales, rincón de las emociones, presentación de los espacios del colegio con una visita guiada por alumnos de 2.º. El tutor revisa los informes de Infantil y se reúne con las tutoras de 5 años antes de terminar septiembre. |
| Primer ciclo (2.º) | Responsabilidades del aula | Cuadro de encargados rotatorio (material, plantas, biblioteca de aula, mensajero) revisado cada semana en asamblea. Trabaja autonomía, hábitos y sentido de pertenencia. |
| Segundo ciclo (3.º-4.º) | Enseñar a aprender: agenda y planificación | Uso guiado de la agenda o de un calendario de aula; los viernes, cada alumno planifica las tareas de la semana siguiente y el lunes revisa lo que cumplió. Conecta con el descriptor CPSAA5. |
| Segundo ciclo (4.º) | Resolución de conflictos | Rueda de opciones para resolver conflictos (hablarlo, pedir perdón, turnarse, pedir ayuda) y práctica de escucha activa en situaciones de juego, enlazada con el saber de Educación Física de segundo ciclo «Habilidades sociales: escucha activa y estrategias de negociación para la resolución de conflictos en contextos motrices». |
| Tercer ciclo (5.º) | Bienestar digital y prevención del ciberacoso | Análisis de casos ficticios de mensajes en grupos de chat: qué es broma y qué es acoso, quién es el espectador y qué puede hacer, a quién pedir ayuda (familia, tutor, coordinador de bienestar). Enlaza con Educación en Valores Cívicos y Éticos, saber «La prevención del abuso y el ciberacoso». |
| Tercer ciclo (6.º) | Profesiones sin estereotipos y transición a Secundaria | Entrevistas a familiares y profesionales del entorno con profesiones no estereotipadas por sexo, mural de «¿quién puede ser…?» y visita al instituto de referencia con alumnos de 1.º de ESO que responden dudas. Desarrolla el art. 13.3 del Real Decreto 157/2022 y el saber de Conocimiento del Medio de tercer ciclo «Igualdad de género y conductas no sexistas. Crítica de los estereotipos y roles en los distintos ámbitos: académico, profesional, social y cultural». |
Propuestas con las familias
- Entrevista individual con guion: datos previos recogidos del equipo docente, dos fortalezas y una dificultad concreta, acuerdos con fecha de revisión y hoja de registro firmada. Si la familia no puede venir por la tarde, ofrecer otra franja o una videollamada si tu centro lo permite.
- Compromiso educativo para un alumno con dificultades de hábitos de trabajo: la familia revisa la agenda cada día y garantiza un tiempo de lectura; el tutor envía un mensaje semanal breve con el avance; el alumno se compromete a traer la tarea. Revisión al mes (LOE, art. 121.5).
- Talleres de familias con el equipo de orientación: por ejemplo, «Pantallas en casa» en 5.º o «Cómo ayudar con la lectura» en 1.º. Mejor si la familia participa haciendo algo (lectura compartida en el aula, contar su profesión en 6.º) que si solo escucha una charla.
Propuestas con el equipo docente
- Reunión de inicio de curso del equipo docente del grupo para acordar normas, criterios de corrección y medidas de refuerzo comunes.
- Hoja de seguimiento compartida (con acceso restringido y respetando la protección de datos) para registrar incidencias y avances de los alumnos que necesitan apoyo.
- Coordinación mensual con Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje para ajustar los apoyos dentro del aula.
Autores
| Autor | Aportación | Cita sugerida |
|---|---|---|
| Jacob L. Moreno | Sociometría: estudio de las relaciones de atracción y rechazo en el grupo y su representación en sociogramas (aceptados, rechazados, aislados). | (Moreno, 1934). Úsalo con cautela: las preguntas de rechazo pueden ser delicadas; prioriza preguntas positivas y no muestres nunca los resultados al grupo. |
| David W. Johnson, Roger T. Johnson y Edythe J. Holubec | Aprendizaje cooperativo: interdependencia positiva, responsabilidad individual, interacción cara a cara, habilidades interpersonales y evaluación grupal. Útil para la cohesión del grupo. | (Johnson, Johnson y Holubec, 1994/1999): original de 1994, edición de Paidós de 1999. |
| Dan Olweus | Definición clásica de acoso escolar: conducta agresiva intencionada, repetida y con desequilibrio de poder. | (Olweus, 1993) |
| Juan Carlos Torrego | Mediación escolar y gestión de conflictos. | (Torrego, 2000) |
| Durlak y colaboradores | Metaanálisis sobre la eficacia de los programas escolares de aprendizaje socioemocional. | (Durlak et al., 2011) |
| Rafael Bisquerra | Educación emocional en el contexto español. | (Bisquerra, 2000) |
4.8. Conclusión
Ideas clave: la tutoría es el punto de encuentro de todo el tema: concentra la información sobre cada alumno, coordina al equipo docente, acompaña a las familias y conecta el aula con los servicios especializados. Cierra con una idea de valor: en Primaria, una buena acción tutorial previene más dificultades de las que corrige, y eso solo es posible si está planificada (plan de acción tutorial), compartida (equipo docente) y abierta a las familias.
5. Tabla resumen: quién hace qué en la acción tutorial
| Destinatario | Qué hace el tutor | Con quién | Base normativa |
|---|---|---|---|
| Cada alumno | Conocerle, hacer seguimiento, detectar dificultades, proponer medidas, informar al final de cada ciclo. | Equipo docente, orientación, especialistas de apoyo. | LOE, art. 91.1.c); Real Decreto 157/2022, arts. 14.2, 15.4 y 16.5 |
| El grupo | Cohesión, normas, convivencia, educación emocional, enseñar a aprender, orientación académica y profesional (tercer ciclo). | Equipo docente, coordinador de bienestar, orientación. | LOE, art. 18.6; Real Decreto 157/2022, arts. 13.1 y 13.3 |
| Las familias | Informar, escuchar, implicar, acordar compromisos, facilitar su participación. | Equipo docente, dirección, orientación. | LODE, art. 4; LOE, arts. 91.1.h) y 121.5; Real Decreto 157/2022, arts. 13.2 y 24 |
| El equipo docente | Coordinar la intervención, la evaluación y las decisiones de promoción; firmar actas y redactar informes. | Jefatura de estudios, equipo de ciclo. | Real Decreto 157/2022, arts. 13.2, 14.5, 15.1 y 26.4 |
| Otros profesionales | Solicitar asesoramiento y evaluación psicopedagógica, planificar apoyos, comunicar indicios de violencia. | Orientación, PT, AL, coordinador de bienestar, servicios sociales y sanitarios. | LOE, arts. 72.1 y 157.1.h); LOPIVI, arts. 16, 34 y 35 |
| El centro | Aplicar y evaluar el plan de acción tutorial. | Claustro, coordinación pedagógica, jefatura de estudios. | LOE, arts. 121.2, 129.c) y disp. adic. 25.ª.2 |
Por ciclos
| Ciclo | Prioridades de la acción tutorial |
|---|---|
| Primer ciclo (1.º-2.º) | Acogida y transición desde Infantil, rutinas y autonomía, identificación de emociones básicas, normas de clase, detección temprana de dificultades en lectoescritura y cálculo, relación muy cercana con las familias. |
| Segundo ciclo (3.º-4.º) | Hábitos de trabajo y planificación, primeras técnicas de estudio, cohesión del grupo y resolución de conflictos, autorregulación emocional, primeras pautas de uso seguro de la tecnología. |
| Tercer ciclo (5.º-6.º) | Autoconocimiento, autoestima y cambios de la pubertad, prevención del acoso y del ciberacoso, igualdad y estereotipos, descubrimiento de estudios y profesiones, transición a Secundaria con informe final de etapa. |
6. Errores frecuentes en este tema
- Decir que el tutor decide la promoción. Hoy decide el equipo docente de forma colegiada (Real Decreto 157/2022, art. 15.1; ver 4.5).
- Citar el Real Decreto 82/1996 como si rigiera en toda España. Se aplica en Ceuta y Melilla y es supletorio donde no haya norma propia.
- Situar el plan de acción tutorial en el «proyecto curricular de etapa». Ese documento es de la LOGSE; hoy la acción tutorial forma parte del proyecto educativo (LOE, art. 121.2).
- Copiar el art. 4 de la LODE de la disposición final primera de la LOE. Es la redacción de 2006; la vigente, de la LOMLOE, añade el deber de las familias de informar de las dificultades de sus hijos y el de participar de forma cooperativa en los proyectos del centro.
- Olvidar a los «otros profesionales». Un tema que solo nombra al orientador se queda corto: faltan PT, AL, el coordinador o coordinadora de bienestar y protección y los servicios externos.
- Hablar de la tutoría como una hora semanal. La acción tutorial es continua y transversal; la sesión de tutoría, si tu comunidad la prevé, es solo una parte.
- Convertir el apartado de familias en una lista de reuniones. El tribunal espera fundamento (derechos y deberes, modelo de implicación), cauces y una propuesta concreta de colaboración.
- Propuestas genéricas. «Haremos dinámicas de grupo» no es una propuesta. Indica curso, objetivo, actividad, responsable y evaluación.
- Confundir orientación académica y profesional con elegir estudios. En Primaria se trata de descubrir estudios y profesiones y de romper estereotipos (Real Decreto 157/2022, art. 13.3), no de tomar decisiones.
- Hablar de «competencias básicas» o de «contenidos». Desde 2022 son competencias clave, competencias específicas, criterios de evaluación y saberes básicos.
7. Cómo diferenciarse
Ideas con base suficiente para dar valor añadido sin perder rigor:
- El tutor y la LOPIVI. Pocas personas conectan este tema con la Ley Orgánica 8/2021. Explica el deber de comunicación cualificado (art. 16), los protocolos (art. 34) y la figura del coordinador o coordinadora de bienestar y protección (art. 35), y destaca que la ley prioriza la formación de los tutores [art. 35.2.a)]. Es actual, es obligatorio y está directamente relacionado con la función tutorial.
- La igualdad en el plan de acción tutorial. La disposición adicional vigesimoquinta de la LOE obliga a incorporar medidas de igualdad en los planes de acción tutorial y de convivencia. Únelo al art. 13.3 del Real Decreto 157/2022 (intereses vocacionales libres de estereotipos sexistas) y al saber de Conocimiento del Medio de tercer ciclo sobre la crítica de los estereotipos en el ámbito académico y profesional: tienes un hilo normativo completo para tu propuesta de 6.º.
- Retroalimentación con fundamento. Usa el modelo de Hattie y Timperley (2007) para explicar cómo debe ser la información que el tutor da al alumno y a la familia: centrada en la tarea, en el proceso y en la autorregulación, y siempre con un «qué hacer después».
- Familias con modelo, no solo con reuniones. Organiza tus propuestas con los seis tipos de implicación de Epstein (1995) y añade una actuación de las que el proyecto INCLUD-ED identificó como de éxito, como la formación de familiares o su participación en el aula.
- Educación emocional con evidencia. Si propones un programa socioemocional, apóyalo en el metaanálisis de Durlak et al. (2011) y en Bisquerra, y evita prometer resultados cuantitativos concretos.
Lo que no recomendamos: presentar el sociograma como diagnóstico de «alumnos problemáticos», publicar o comentar sus resultados con el grupo, o clasificar al alumnado por «estilos de aprendizaje» (visual, auditivo, kinestésico) para adaptarle la enseñanza: la revisión de Pashler et al. (2008) no encontró pruebas sólidas de que ajustar la enseñanza a ese supuesto estilo mejore el aprendizaje. Ojo: el Real Decreto 157/2022 (art. 16.2) usa la expresión «ritmos y estilos de aprendizaje» en sentido amplio, como diversidad del alumnado; puedes citarla así, pero no la conviertas en un test de estilos.
8. La parte autonómica
En este tema la normativa autonómica pesa más que en otros, porque las funciones del tutor, el nombre y el contenido del plan de acción tutorial y la estructura de la orientación los regula cada comunidad. Busca en tu decreto de currículo de Primaria el artículo de tutoría y orientación (suele reproducir y ampliar el art. 13 del Real Decreto 157/2022) y localiza además: el reglamento orgánico o la norma de organización y funcionamiento de los colegios (funciones del tutor, coordinación docente), la norma que organiza la orientación educativa (equipos o unidades de orientación, plan de orientación) y el decreto u orden de convivencia y bienestar (protocolos, coordinador de bienestar). Tres ejemplos verificados: en Andalucía, el Decreto 328/2010, de 13 de julio (BOJA n.º 139, de 16 de julio de 2010), regula en sus arts. 89 y 90 la tutoría y las funciones del tutor en Primaria, incluida la tutoría electrónica con las familias, y habla de «plan de orientación y acción tutorial» (ojo: el Decreto 483/2026, de 31 de agosto, BOJA n.º 168, complementario n.º 3, ha dado nueva redacción a la lista de funciones del art. 90.2, que mantiene la tutoría electrónica; cita esa redacción); en Castilla-La Mancha, el Decreto 92/2022, de 16 de agosto, regula la organización de la orientación académica, educativa y profesional; en la Comunitat Valenciana, el Decreto 72/2021, de 21 de mayo, organiza la orientación educativa y profesional y lo desarrolla la Orden 10/2023, de 22 de mayo, que dedica su art. 10 a la acción tutorial (los dos los ha modificado en parte el Decreto 193/2025, de 12 de diciembre, de convivencia, en puntos que no afectan a la acción tutorial). En Ceuta y Melilla rige el Real Decreto 82/1996. Comprueba en el diario oficial si estas normas han sido modificadas antes de citarlas. La norma de currículo de cada comunidad está en la tabla común de normativa autonómica.
9. Bibliografía (APA 7)
Normativa
- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. Boletín Oficial del Estado, 159, de 4 de julio de 1985. Texto consolidado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12978
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado, 106, de 4 de mayo de 2006. Texto consolidado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899
- Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado, 340, de 30 de diciembre de 2020. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-17264
- Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Boletín Oficial del Estado, 134, de 5 de junio de 2021. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-9347
- Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. Boletín Oficial del Estado, 44, de 20 de febrero de 1996. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-3689
- Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria. Boletín Oficial del Estado, 52, de 2 de marzo de 2022. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-3296
- Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, por la que se aprueba el temario que ha de regir en el procedimiento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, para la especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros. Boletín Oficial del Estado, 64, de 15 de marzo de 2007. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-5478
- Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Boletín Oficial del Estado, 32, de 7 de febrero de 2012. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-1825
- Decreto de currículo de Educación Primaria y normativa de organización, orientación y convivencia de tu comunidad autónoma (ver apartado 8).
Obras
Orientación y tutoría
- Álvarez González, M. y Bisquerra, R. (Coords.). (1996). Manual de orientación y tutoría. Praxis. (Obra de hojas intercambiables, actualizada periódicamente; hoy la comercializa Wolters Kluwer).
- Bisquerra, R. (Coord.). (1998). Modelos de orientación e intervención psicopedagógica. Praxis.
- Delors, J. et al. (1996). La educación encierra un tesoro. Informe a la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la Educación para el Siglo XXI. Santillana; Ediciones UNESCO. (Original inglés: Learning: The treasure within, UNESCO Publishing, 1996).
- Rodríguez Espinar, S. (Coord.). (1993). Teoría y práctica de la orientación educativa. PPU.
Aprendizaje y retroalimentación
- Ausubel, D. P. (1968). Educational psychology: A cognitive view. Holt, Rinehart and Winston. Trad. cast.: Psicología educativa: un punto de vista cognoscitivo. Trillas, 1976.
- Flavell, J. H. (1979). Metacognition and cognitive monitoring: A new area of cognitive-developmental inquiry. American Psychologist, 34(10), 906-911. https://doi.org/10.1037/0003-066X.34.10.906
- Hattie, J. y Timperley, H. (2007). The power of feedback. Review of Educational Research, 77(1), 81-112. https://doi.org/10.3102/003465430298487
- Pashler, H., McDaniel, M., Rohrer, D. y Bjork, R. (2008). Learning styles: Concepts and evidence. Psychological Science in the Public Interest, 9(3), 105-119. https://doi.org/10.1111/j.1539-6053.2009.01038.x
Familias y comunidad
- Bronfenbrenner, U. (1979). The ecology of human development: Experiments by nature and design. Harvard University Press. Trad. cast.: La ecología del desarrollo humano. Paidós, 1987.
- Epstein, J. L. (1995). School/family/community partnerships: Caring for the children we share. Phi Delta Kappan, 76(9), 701-712. (Sin DOI; disponible en JSTOR. No la confundas con la versión reimpresa en Phi Delta Kappan, 92(3), 2010).
- Epstein, J. L., Sanders, M. G., Sheldon, S. B., Simon, B. S., Salinas, K. C., Jansorn, N. R., Van Voorhis, F. L., Martin, C. S., Thomas, B. G., Greenfeld, M. D., Hutchins, D. J. y Williams, K. J. (2018). School, family, and community partnerships: Your handbook for action (4.ª ed.). Corwin. (1.ª ed., 1997).
- Flecha, R. (2015). Successful educational actions for inclusion and social cohesion in Europe. Springer. https://doi.org/10.1007/978-3-319-11176-6
- Henderson, A. T. y Mapp, K. L. (2002). A new wave of evidence: The impact of school, family, and community connections on student achievement. Southwest Educational Development Laboratory. https://sedl.org/connections/resources/evidence.pdf
Equipo docente, grupo y convivencia
- Bisquerra, R. (2000). Educación emocional y bienestar. Praxis.
- Durlak, J. A., Weissberg, R. P., Dymnicki, A. B., Taylor, R. D. y Schellinger, K. B. (2011). The impact of enhancing students’ social and emotional learning: A meta-analysis of school-based universal interventions. Child Development, 82(1), 405-432. https://doi.org/10.1111/j.1467-8624.2010.01564.x
- Hargreaves, A. (1994). Changing teachers, changing times: Teachers’ work and culture in the postmodern age. Cassell. Trad. cast.: Profesorado, cultura y postmodernidad: cambian los tiempos, cambia el profesorado. Morata, 1996.
- Johnson, D. W., Johnson, R. T. y Holubec, E. J. (1999). El aprendizaje cooperativo en el aula (G. Vitale, Trad.). Paidós. (Obra original: Cooperative learning in the classroom, ASCD, 1994).
- Moreno, J. L. (1934). Who shall survive? A new approach to the problem of human interrelations. Nervous and Mental Disease Publishing Co. Trad. cast.: Fundamentos de la sociometría. Paidós (cita el año del ejemplar que manejes).
- Olweus, D. (1993). Bullying at school: What we know and what we can do. Blackwell. Trad. cast.: Conductas de acoso y amenaza entre escolares. Morata, 1998.
- Torrego, J. C. (Coord.). (2000). Mediación de conflictos en instituciones educativas: manual para la formación de mediadores. Narcea.
Webgrafía
- Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Legislación consolidada. https://www.boe.es
- Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Biblioteca normativa del servicio de orientación educativa y profesional. https://educacion.castillalamancha.es/biblioteca-normativa/servicio-orientacion-educativa-profesional/decreto-922022-organizacion-de-la-orientacion
10. Fuentes verificadas
Comprobaciones realizadas en octubre de 2026. «Verificado» significa que el dato se ha contrastado en la fuente indicada.
Temario y su vigencia
| Dato | Dónde se comprobó |
|---|---|
| Título literal del tema 3 | texto oficial en el BOE (línea del tema 3) |
| Orden ECD/191/2012, art. 1.b) | texto oficial en el BOE |
| Ausencia de temario nuevo y reforma en negociación | Comprobado para el tema 1 (guía del tema 1) el mismo día |
Normativa estatal (citas literales comprobadas)
| Norma y artículos | Dónde se comprobó |
|---|---|
| LOE: arts. 1.f) y 1.h bis), 2.2, 14.8, 18.6, 19.1, 20.3, 20.4, 72.1, 91.1.c), 91.1.h), 91.2, 105.2.a), 121.1, 121.2, 121.5, 124.1, 129.c), 157.1.h), disp. adic. 23.ª (apartados 2 y 3) y 25.ª (apartado 2) | texto oficial en el BOE |
| Real Decreto 157/2022: arts. 6.1, 6.6, 13.1, 13.2, 13.3, 14.2, 14.5, 15.1, 15.4, 15.5, 16.5, 17.4, 21.4, 21.5, 21.7, 24 y 26.4; anexo I (CPSAA5 y CE2, columna de final de Primaria); anexo II: Conocimiento del Medio, tercer ciclo, bloque C; Educación Física, segundo ciclo; Educación en Valores Cívicos y Éticos | texto oficial en el BOE |
| LOPIVI: arts. 16.1, 16.2, 34.1, 35.1, 35.2.a) y 35.2.h) | texto oficial en el BOE |
| LODE, art. 4 (redacción vigente tras la LOMLOE; consolidado con última actualización publicada el 07/09/2022) | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12978 |
| Real Decreto 82/1996: artículo único, disp. adic. 1.ª, arts. 34.f), 38.3, 41.b), 44.c), 45, 46 y 49.2.f) | https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-3689 |
| Alcance territorial del Real Decreto 82/1996 | Contraste con revisión interna de normativa de Opositor AI |
Normativa autonómica citada en el apartado 8
| Norma | Dónde se comprobó |
|---|---|
| Andalucía, Decreto 328/2010, arts. 89 y 90 (BOJA n.º 139, 16/07/2010) | https://www.juntadeandalucia.es/boja/2010/139/3 (cotejado el 02/10/2026) |
| Andalucía, Decreto 483/2026, de 31 de agosto (BOJA n.º 168, complementario n.º 3, 31/08/2026), art. 4, apartado Doce (nueva redacción del art. 90.2 del Decreto 328/2010) | https://www.juntadeandalucia.es/boja/2026/168/c03/1 (cotejado el 02/10/2026) |
| Castilla-La Mancha, Decreto 92/2022, de 16 de agosto (DOCM n.º 162, 24/08/2022) | https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2022/08/24/pdf/2022_7842.pdf&tipo=rutaDocm · https://educacion.castillalamancha.es/biblioteca-normativa/servicio-orientacion-educativa-profesional/decreto-922022-organizacion-de-la-orientacion |
| Comunitat Valenciana, Decreto 72/2021, de 21 de mayo (DOGV n.º 9099, 03/06/2021) y Orden 10/2023, de 22 de mayo (DOGV n.º 9606, 30/05/2023), art. 10; modificados en parte por el Decreto 193/2025, de 12 de diciembre (DOGV n.º 10263, 17/12/2025) | https://dogv.gva.es/datos/2021/06/03/pdf/2021_6157.pdf · https://dogv.gva.es/datos/2023/05/30/pdf/2023_5709.pdf · https://dogv.gva.es/es/eli/es-vc/d/2025/12/12/193/dof/spa/html |
Obras y artículos
Normativa autonómica: el currículo de Primaria de cada comunidad
Tu tema debe citar el decreto (u orden) de currículo de Educación Primaria de tu comunidad autónoma, que desarrolla el Real Decreto 157/2022. Lo recomendable es citarlo en tres sitios: en la introducción (marco normativo), en las implicaciones (por ejemplo, cómo concreta tu comunidad la atención a las diferencias individuales o las situaciones de aprendizaje) y en la bibliografía. Si tu comunidad tiene además normativa propia de inclusión o de convivencia, menciónala en el apartado de atención a la diversidad.
Normas de currículo de Educación Primaria por comunidad autónoma (comprobadas en el diario oficial correspondiente el 2 de octubre de 2026; revísalas antes de tu examen, porque cambian con frecuencia):
| Comunidad | Norma vigente (número, fecha y título orientativo) | Diario oficial | Cambios posteriores que debes conocer | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Andalucía | Decreto 101/2023, de 9 de mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Primaria | BOJA n.º 90, de 15 de mayo de 2023 | No se han encontrado. Se desarrolla por la Orden de 30 de mayo de 2023. | Verificado |
| Aragón | Orden ECD/1112/2022, de 18 de julio, por la que se aprueban el currículo y las características de la evaluación de la Educación Primaria (en Aragón es una orden, no un decreto) | BOA n.º 145, de 27 de julio de 2022 | Modificada por la Orden ECD/866/2024, de 25 de julio (BOA n.º 153, de 7 de agosto de 2024). | Verificado |
| Asturias | Decreto 57/2022, de 5 de agosto, por el que se regula la ordenación y se establece el currículo de la Educación Primaria | BOPA n.º 156, de 12 de agosto de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Illes Balears | Decret 41/2025, d’1 d’agost, d’ordenació i currículum de l’educació primària | BOIB n.º 103, de 4 de agosto de 2025 | Sustituye al Decret 31/2022. Aplicable a todos los cursos desde 2025-2026. Si tu temario cita el 31/2022, está desactualizado. | Verificado |
| Canarias | Decreto 211/2022, de 10 de noviembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria | BOC n.º 231, de 23 de noviembre de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Cantabria | Decreto 66/2022, de 7 de julio, por el que se establece el currículo de la Educación Infantil y de la Educación Primaria | BOC n.º 135, de 13 de julio de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Castilla-La Mancha | Decreto 81/2022, de 12 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Educación Primaria | DOCM n.º 134, de 14 de julio de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Castilla y León | Decreto 38/2022, de 29 de septiembre, por el que se establece la ordenación y el currículo de la educación primaria | BOCYL n.º 190, de 30 de septiembre de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Cataluña | Decret 175/2022, de 27 de setembre, d’ordenació dels ensenyaments de l’educació bàsica (regula Primaria, ESO y FP de grado básico) | DOGC n.º 8762, de 29 de septiembre de 2022 | Modificado por el Decret 480/2024, de 17 de desembre (DOGC n.º 9314, de 19 de diciembre de 2024). Una sentencia del TSJ de Cataluña, publicada por la Resolució EDF/3921/2025, anuló algunos preceptos. Cita el texto consolidado. | Verificado |
| Comunitat Valenciana | Decreto 106/2022, de 5 de agosto, del Consell, de ordenación y currículo de la etapa de Educación Primaria | DOGV n.º 9402, de 10 de agosto de 2022 | Modificado por el Decreto 96/2026, de 19 de junio (DOGV n.º 10391, de 25 de junio de 2026), aplicable desde el curso 2026-2027 (suprime los proyectos interdisciplinarios, cambia horarios y regula los dispositivos digitales). | Verificado |
| Extremadura | Decreto 107/2022, de 28 de julio, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria | DOE n.º 151, de 5 de agosto de 2022 | Modificado por el Decreto 241/2023, de 12 de septiembre (DOE n.º 180, de 19 de septiembre de 2023). | Verificado |
| Galicia | Decreto 155/2022, de 15 de septiembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la educación primaria | DOG n.º 183, de 26 de septiembre de 2022 | No se han encontrado. Se desarrolla por la Orden de 26 de mayo de 2023. | Verificado |
| Comunidad de Madrid | Decreto 61/2022, de 13 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo de la etapa de Educación Primaria | BOCM n.º 169, de 18 de julio de 2022 | Modificado por el Decreto 59/2024, de 12 de junio (BOCM n.º 140, de 13 de junio de 2024). | Verificado |
| Región de Murcia | Decreto n.º 209/2022, de 17 de noviembre, por el que se establecen la ordenación y el currículo de la Educación Primaria | BORM n.º 267, de 18 de noviembre de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| Navarra | Decreto Foral 67/2022, de 22 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas de la etapa de Educación Primaria | BON n.º 130, de 1 de julio de 2022 | No se han encontrado. | Verificado |
| País Vasco | Decreto 77/2023, de 30 de mayo, de establecimiento del currículo de Educación Básica e implantación en la Comunidad Autónoma del País Vasco | BOPV n.º 109, de 9 de junio de 2023 | No se han encontrado. | Verificado |
| La Rioja | Decreto 41/2022, de 13 de julio, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria | BOR n.º 135, de 15 de julio de 2022 | Sin modificaciones según el repertorio oficial de normativa de La Rioja. | Verificado |
| Ceuta y Melilla (Ministerio) | Orden EFP/678/2022, de 15 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación Primaria en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional | BOE n.º 174, de 21 de julio de 2022 | Corrección de errores (BOE n.º 176, de 23 de julio de 2022) y modificación de sus disposiciones transitorias por la Orden EFP/754/2022. | Verificado |
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